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Juez dejó sin efecto la orden de arresto contra Federico Gutiérrez

Foto: AFP.

El mismo juzgado que ordenó la detención decidió inaplicar la medida porque “desaparecieron los fundamentos que la sustentan”.


Noticias RCN

abr 29 de 2024
01:03 p. m.

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La mañana del lunes 29 de abril, se conoció la decisión del juzgado 17 penal municipal con función de control de garantías de Medellín que ordenó el arresto domiciliario por cinco días, y una multa de cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes, contra Luis Guillermo Patiño, secretario de Educación y Federico Gutiérrez, por el caso de una profesora que fue retirada del cargo y no recibió su licencia de maternidad.

Esta medida se dictó por desacato de la Secretaría de Educación de la capital de Antioquia, frente a una tutela emitida en 2023. En el documento en el que se anula el fallo, se explican las razones por que queda sin efecto la decisión inicial:

Lo verdaderamente importante es el cumplimiento del fallo, a pesar del incumplimiento inicial (…) donde se autoriza el pago de la licencia de maternidad y el escrito aportado por la accionante donde informa que ya recibió el respectivo pago.

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El documento emitido por el juez 17 del circuito penal municipal, señala:

“Inaplicar la sanción de arresto y multa impuesta el pasado 19 de abril de 2024, consistente a cinco días de arresto y multa equivalente a cinco salarios mínimos mensuales vigentes a Luis Guillermo Patiño Aristizábal, secretario de Educación y a Federico Andrés Gutiérrez Zuluaga, dentro del incidente de desacato de la referencia”.

Esta vez, el juzgado falló a favor de Patiño y Gutiérrez tras haber desaparecido los fundamentos de la tutela.

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El fallo indica que “desaparecieron los fundamentos que la sustentan, por haberse configurado de carencia actual de objeto por hecho superado”.

Además, se aclara en el texto que “el juzgado es competente para disponer dicha implicación, toda ve que el expediente aún no había sido remitido en consulta, por cuanto se encontraba en trámite de notificación y ejecutoría”.

Al mismo tiempo, el juzgado ordenó “el archivo de las presentes diligencias en el estado en que se encuentren”.

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