Pormenores de la resolución que regula el acceso a la muerte digna en Colombia
La reglamentación permite que los pacientes terminales soliciten los cuidados paliativos, la sedación o la eutanasia.
Noticias RCN
03:51 p. m.
Pese a que en el país era posible llevar a cabo procedimientos para garantizar una muerte digna, la resolución del ministerio de Salud para reglamentar el derecho a Morir con Dignidad da luces para que los médicos lleven a cabo los procedimientos sin correr el riesgo a ser demandados, según explica Carmenza Ochoa, directora de la Fundación en pro al Derecho a Morir Dignamente.
La resolución, que ha causado revuelo, permite que los pacientes en estado terminal soliciten la práctica de la eutanasia, entre otros procedimientos. El médico tratante deberá elevar la solicitud ante el comité científico de la institución de salud, que deberá aprobar o desaprobar la solicitud sin invocar objeción de conciencia y si el medico lo hace, deberá buscar otro que lleve a cabo el procedimiento.
Los pacientes podrán solicitar uno de tres procesos de muerte digna. El primero es el acceso a cuidados paliativos para obtener mejor calidad de vida sin prolongarla ni acelerar la muerte, el segundo es la sedación para que aún con vida el paciente no sienta los dolores propios de la enfermedad, y por último la muerte asistida o eutanasia.
La aprobación no deberá tardar más de tres semanas y no aplica para menores de edad ni para que la familia del paciente la solicite sin el registro por escrito de la decisión voluntaria de este.
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