"Procuraduría no podía hacer advertencias sobre formalización de parejas homosexuales"
La Corte Constitucional determinó que la entidad debe abstenerse de imponer interpretación sobre sentencia que dio plazo al Congreso para regular estas uniones.
Noticias RCN
jun 18 de 2015
10:50 p. m.
10:50 p. m.
La Corte Constitucional explicó que la Procuraduría debe abstenerse de imponer una interpretación sobre la sentencia en la que esta corporación le dio un plazo al Congreso para regular el matrimonio de parejas del mismo sexo y en la que manifestó que de no hacerlo en dos años, las parejas podían acudir a un juez o notario para "formalizar y solemnizar su vínculo contractual", ya que con estas directrices se afectaba la autonomía de los funcionarios.
La decisión la tomó la Corte luego de estudiar el caso de una pareja de mujeres que aseguraban que la Procuraduría no podía recolectar información sobre el número de solicitudes de matrimonio y unión solemne que se hicieran en el país, ya que con esto se violaba el derecho a la intimidad de estas parejas.
"Si bien la Procuraduría podía recolectar la información, no podía utilizarla para imponer, por vía general, una determinada lectura de la manera en que notarios y jueces deben cumplir con lo ordenado en el resolutivo 5º de la Sentencia C-577 de 2011”, explicó la sentencia.
Así las cosas, el alto tribunal protegió los derechos al habeas data, a la intimidad, a la no discriminación y al acceso a la justicia de la pareja y advirtió a la Procuraduría para que tome “las medidas adecuadas y necesarias para garantizar la confidencialidad y la seguridad de los nombres de la accionante y su pareja”, y para que defina el tratamiento de la base de datos en la que aquellas fueron incluidas.
Con esto, la Corte le hizo un llamado de atención a la Procuraduría por expedir una circular en la que le advertía a los jueces y notarios las directrices que debían tener en cuenta a la hora de formalizar las uniones entre parejas del mismo sexo.
NoticiasRCN.com/La F.M.