Decisión judicial protegerá a deudores prohibiendo el embargo de sus mascotas de compañía
La Corte Constitucional estableció que las mascotas no pueden ser tratadas como bienes embargables.
Noticias RCN
07:06 p. m.
La Corte Constitucional tomó una decisión a favor de la protección de los animales de compañía. La Sala Plena, tras analizar las implicaciones de embargar a estos seres vivos en procesos judiciales, determinó que las mascotas no pueden ser objeto de embargo.
Esta resolución fue argumentada bajo la premisa de que los animales de compañía desempeñan un rol clave en la vida personal y familiar de sus tenedores.
Corte Constitucional prohibió el embargo de mascotas de compañía
La Sala Plena de la Corte Constitucional, máximo órgano encargado de la interpretación de la Constitución, tomó la decisión de incluir a las mascotas en el listado de bienes que no pueden ser embargados.
Esta medida responde a la necesidad de proteger los derechos fundamentales de las personas que tienen animales de compañía, ya que el embargo de una mascota no solo afectaría el patrimonio, sino que también tendría un impacto directo en aspectos esenciales de la vida personal y familiar de los propietarios.
La Corte sostuvo que, en los hogares, los animales de compañía cumplen un papel más allá de lo meramente material, pues son considerados como miembros de la familia, y su cuidado forma parte de la rutina diaria y del bienestar emocional de las personas.
Por esta razón, permitir que un animal de compañía sea embargado en el marco de un proceso judicial vulneraría derechos fundamentales como el libre desarrollo de la personalidad.
Además, el derecho a la intimidad personal y familiar también fue un aspecto central en la argumentación de la Corte, ya que la relación que los individuos establecen con sus mascotas forma parte de su vida privada, por lo que el Estado debe garantizar la protección de este espacio íntimo frente a posibles interferencias que puedan surgir de procesos judiciales como el embargo.
Otra piedra angular del fallo fue el principio de la dignidad humana, el cual se extiende no solo a los seres humanos, sino que, según la interpretación de la Corte, implica un deber de protección hacia los animales que conviven con las personas.
¿Por qué fue prohibido el embargo de los animales de compañía?
La decisión de la Corte se enmarca en un proceso judicial donde se discutía la posibilidad de embargar una mascota para saldar una deuda.
Ante esto, el órgano analizó las leyes existentes y concluyó que la actual normativa sobre embargos no ofrecía una protección suficiente para los animales de compañía, lo que generaba una brecha en la defensa de los derechos de los propietarios.
Con esta nueva interpretación, se garantiza que los animales de compañía no sean considerados objetos susceptibles de embargo, lo que refuerza la idea de que no pueden ser tratados como meros bienes patrimoniales.
Cabe mencionar que, este pronunciamiento no modifica la ley en cuanto a los procedimientos de embargo, pero establece un precedente claro sobre la forma en que deben ser tratados los animales de compañía en casos futuros.