¿Puede la Comisión de Acusación suspender provisionalmente al presidente Petro?
Las dudas surgen a raíz del auto radicado por la representante Gloria Arizabaleta en el que pide la suspensión provisional del presidente Petro.
Valeria Quiroga
11:50 a. m.
La presidenta de la Comisión de Acusación, Gloria Elena Arizabaleta, radicó este miércoles un documento en el que pide la suspensión provisional del presidente Gustavo Petro hasta el domingo 21 de junio a las 4:00 de la tarde, fecha en la que se realizará la segunda vuelta presidencial.
Según el documento, radicado por la representante investigadora del Pacto Histórico, la solicitud obedece a una falta disciplinaria atribuida al presidente Petro, por la “presunta falta gravísima de intervención en política”.
¿Qué tendría que hacer el Congreso para suspender al presidente?
Ante las múltiples reacciones sobre si este documento tiene facultades o no para suspender provisionalmente al presidente Petro, el abogado Francisco Bernate explicó a Noticias RCN que “se están aplicando las reglas disciplinarias al presidente como si fuera un funcionario de a pie, y se está desconociendo que él tiene un fuero”. Por esta razón, Bernate sostiene que la Comisión de Acusaciones no puede suspender al presidente.
Por su parte, el representante del Centro Democrático Hernán Cadavid, integrante de la Comisión de Acusaciones, explicó cómo debería realizarse el procedimiento en caso de suspender al presidente.
“Primero, se tiene que radicar el proyecto de auto del representante investigador, en este caso de la doctora Gloria Arizabaleta, y ese auto tiene que discutirse en un futuro orden del día al interior de la Comisión de Acusaciones para que en el pleno de la Comisión, que componemos 18 personas, se le pueda dar discusión y saber si se acepta o se objeta sobre la base de los votos que existan en la Comisión de Acusaciones”, sostiene el representante Cadavid.
“No hay efectos de suspensión al presidente”: representante Hernán Cadavid
El representante Cadavid aclaró que primero deben lograrse las mayorías dentro de la Comisión sobre este proyecto, por lo que el auto radicado por la representante Arizabaleta no tiene efectos de suspensión al presidente Petro.
En un escenario hipotético, si la mayoría de la Comisión de Acusaciones votara a favor del proyecto, este debería pasar a discusión en la Cámara de Representantes, donde también tendría que alcanzar las mayorías necesarias para, posteriormente, presentar la acusación ante el Senado de la República.
"Si el Senado ve que hay una situación protuberante puede suspender al presidente y enviar la causa penal a la Corte Suprema de Justicia, pero la Comisión por sí sola no tendría que hacerse", agregó el abogado Francisco Bernate.