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¿Pueden los conjuntos residenciales publicar los nombres de los deudores morosos?

La Corte Constitucional se pronunció sobre el tema al resolver una demanda.


Noticias RCN

jul 24 de 2019
09:59 p. m.

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La Corte Constitucional decidió que de ahora en adelante se podrán publicar los nombres de los deudores morosos de administraciones o cualquier otro rubro en los conjuntos residenciales.
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Al resolver una demanda, el tribunal argumentó que la divulgación no es una medida exagerada ni viola derechos fundamentales.
“La Corte deja vigente la autorización que tienen los conjuntos residenciales para publicar listados de morosos y para publicar las sanciones que hubiesen impuesto a los infractores de los reglamentos de propiedad horizontal”, señaló Gloria Ortiz, presidenta del alto tribunal. 
Quienes se oponen a esta medida aseguran que se está afectando su derecho al buen nombre.
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No obstante, la lista de deudores morosos no puede ser publicada en cualquier lugar del conjunto residencial, únicamente se podrá fijar en lugares donde no haya tránsito constante de visitantes.
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