Puntos clave del fallo de la Corte Constitucional sobre límites
La Corte Constitucional aseguró, a través de un fallo, que los límites nacionales sólo pueden ser modificados a través de un tratado.
Noticias RCN
03:02 p. m.
La decisión de la Corte Constitucional es una respuesta a tres demandas diferentes contra el Pacto de Bogotá, una de ellas del presidente Juan Manuel Santos.
Las tres demandas utilizaban argumentos similares para solicitar la inexequibilidad del Pacto luego del fallo de la Corte de La Haya que le quitó a Colombia 70.000 kilómetros del mar de San Andrés y se los entregó a Nicaragua.
Los argumentos de cinco de los nueve magistrados son los siguientes:
La Corte Constitución es competente para conocer tratados ya perfeccionados: esto ya ocurrió con el concordato que fue examinado por la Corte Constitucional y declarado en buena parte inconstitucional porque no era compatible con nuestra legislación interna.
El “Tratado Americano de Soluciones Pacíficas” o Pacto de Bogotá es exequible: la Corte reconoce a la Corte Internacional de Justicia como instancia jurisdiccional aceptada por el Gobierno colombiano desde octubre de 1968 para la solución de controversias sobre asuntos internacionales.
Es necesaria la armonización del principio de supremacía de la Constitución y los principios del Derecho Internacional: la Constitución es norma de normas y en caso de incompatibilidad se aplicarán las disposiciones constitucionales colombianas.
Cualquier decisión de la Corte Internacional de Justicia que se ocupe de temas limítrofes sólo estará en nuestra legislación cuando se firme un tratado con el país en disputa: el artículo 101 de la Constitución no sólo dispone que los límites son tema de tratados internacionales sino que además deberá ser aprobado por el Congreso, ratificado por el Presidente de la República y examinado por la Corte Constitucional.
El "Pacto de Bogotá no se opone a principios de soberanía y autodeterminación": la Corte Constitucional consideró que el Pacto de Bogotá no se opone al derecho de los ciudadanos a participar en las decisiones que los afectan ni al derecho a la consulta previa de las comunidades étnicas.
Reacción de los candidatos presidenciales
Los candidatos a la Presidencia de la República reaccionaron al fallo de la Corte Constitucional sobre los límites del país.
“Lo cierto es que no es aplicable el fallo de La Haya sin que haya de por medio un tratado que sea aprobado por el Congreso de Colombia, y me parece muy bien que ese haya sido el fallo a este respecto”, manifestó Enrique Peñalosa, candidato por la Alianza Verde.
“Yo voy a tratar, de todas maneras, de que el Gobierno de Colombia pueda imponer la tesis del archipiélago de Estado en la cual ha estado insistiendo tanto el doctor Enrique Gaviria Liévano, porque el fallo de la Corte sirve para efectos internos, pero es una jurisprudencia que no tiene efecto internacional”, indicó la candidata del partido Conservador, Marta Lucía Ramírez.
“El fallo de La Haya era inaplicable por mandato de nuestra Constitución, que dice que sólo se pueden modificar los límites por tratado internacional, eso lo ha confirmado la Corte Constitucional y demuestra que Colombia jamás ha debido aceptar la jurisdicción de la Corte Internacional de La Haya”, señaló Clara López, candidata por el Polo Democrático.
"La Corte Constitucional acogió, después de un estudio riguroso y serio, la tesis que hemos venido sosteniendo desde el mismo día en que salió el fallo de La Haya en noviembre de 2012 y que ratificamos en septiembre del año pasado, cuando demandé personalmente el Pacto de Bogotá", afirmó el presidente candidato Juan Manuel Santos minutos después de conocerse la decisión de la Corte Constitucional.
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