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¿Qué hacer en caso de perder el certificado de votación para adquirir los beneficios?

Foto: IG @registraduria

El certificado electoral acredita la participación de los ciudadanos en las urnas electorales.


Noticias RCN

may 31 de 2026
05:07 p. m.

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Miles de colombianos se dirigieron, en las horas más recientes, a sus respectivas urnas de votación durante las elecciones presidenciales 2026.

Por esto, los ciudadanos que votaron este domingo 31 de mayo recibieron su respectivo certificado electoral que acredita su participación y que permite a la ciudadanía acceder a diferentes beneficios.

Sin embargo, una de los cuestionamientos más recurrentes entre la ciudadanía corresponde a las opciones existentes ante una situación de pérdida del documento. Ante esta duda, la Registraduría comentó:

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¿Qué pasa si pierde el certificado de votación?

Según la Registraduría General de la Nación, si el sufragante pierde el certificado electoral sí puede solicitar una copia. Lo que se debe hacer en este caso es enviar una carta a la Delegación Departamental de la Registraduría que corresponda en donde se debe indicar el lugar y la mesa de votación.

En caso de no recordar el lugar en el que se realizó la votación se debe ingresar a la página oficial de la Registraduría para consultar nuevamente el puesto. La Delegación debe expedir la certificación correspondiente.

¿Qué es el certificado electoral?

El certificado es el documento que cada jurado de votación le entregó a los ciudadanos como constancia de su voto. En este se indica el nombre de la persona, el número de cédula, país, ciudad, puesto y mesa en la que se llevó a cabo el proceso.

Este documento solo se entrega una sola vez y se da cuando el ciudadano finaliza y deposita su voto doblado dentro de la urna correspondiente. Por medio de este, las personas podrán acceder a una serie de beneficios que aplicarán durante el tiempo que transcurra entre una votación y la siguiente inmediatamente posterior.

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¿Cuáles son los beneficios de votar?

  • Descuento del 10 % del valor en el trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar; por duplicados de la cédula de ciudadanía, del segundo duplicado en adelante y a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para sufragar.
  • Rebaja del 10 % en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación, por una sola vez.
  • Prelación en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.
  • Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio si son soldados bachilleres o auxiliares bachilleres y dos meses si son soldados campesinos o soldados regulares.
  • Beneficios en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto. Un tratamiento similar tendrán en caso de igualdad de puntaje en una lista de elegibles cuando se trate de un empleo de carrera con el Estado.
  • Los estudiantes de una institución oficial de educación superior tendrán derecho a un descuento del 10% en el costo de la matrícula, según el artículo 1, de la Ley 815 de 2003, con la cual se agregan nuevos estímulos al sufragante.
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