¿Qué pasará con el POT de Bogotá tras la suspensión temporal?

La alcaldesa de Bogotá, Claudia López, anunció que apelará la decisión ante el Tribunal Superior de Cundinamarca.


Noticias RCN

jun 15 de 2022
10:24 p. m.

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Luego de que un juez suspendiera temporalmente el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá, decretado por la alcaldesa Claudia López, hay incertidumbre sobre el futuro del POT, el cual es la hoja de ruta de la planeación que posee la capital para planificar y ordenar su territorio. 

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Y es que para el juez que dictó la medida cautelar no se cumplieron los 90 días que por ley se fijan para discutir el POT en el Concejo de Bogotá.

“La señora alcaldesa mayor de Bogotá no tenía competencia para revisar y ajustar el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C. en virtud de la facultad extraordinaria que le atribuía el artículo 12 de la ley 810 de 2003, en tanto que aún no había culminado el término de los 90 días calendario para que cesara el conocimiento del asunto por parte del Concejo de Bogotá, competencia atribuida en la misma normativa, en desarrollo de la facultad prevista en el numeral séptimo del artículo 313 de la Constitución Política”, dice la resolución.

Respuesta de Claudia López

La alcaldesa de Bogotá, Claudia López, manifestó su inconformidad con la decisión del juez de la República y anunció que la apelará ante el Tribunal Superior de Cundinamarca. 

“Nosotros disentimos de esa interpretación porque la ley del Congreso de la República dice claramente que hay un término de 90 días, justamente porque el POT es una norma tan importante… El juez tiene una interpretación distinta y por lo tanto la apelaremos ante el Tribunal Superior de Cundinamarca”, dijo la mandataria local. 

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¿Qué sigue tras la suspensión del POT?

Así las cosas, el Plan de Ordenamiento Territorial, por ahora, no se podrá aplicar. Entre tanto, Miguel Uribe, quien presentó la demanda de nulidad del POT insiste en que la justicia le dio la razón.

Resolver el futuro del POT ahora pasa a manos del tribunal de Cundinamarca, que en segunda instancia deberá resolver si la medida cautelar procede o no, y si es el caso continuar el proceso de fondo.

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