¿Qué pasará con la Alcaldía de Bogotá tras la destitución?

Una vez sea notificado, el presidente Juan Manuel Santos tiene 90 días para convocar elecciones atípicas.


Noticias RCN

ene 13 de 2014
02:56 p. m.

Unirse al canal de Whatsapp de Noticias RCN
A partir del momento en que la Procuraduría notifique la destitución e inhabilidad por 15 años del alcalde Gustavo Petro, el presidente de la República, Juan Manuel Santos, deberá designar un alcalde encargado y convocar a elecciones atípicas.
A partir de allí, la Registraduría organizará el calendario electoral para la inscripción de candidatos y periodos de campaña. La convocatoria, según establece la ley, se hace siempre y cuando falten más de 18 meses para que finalice el periodo del mandatario actual.
Con unas nuevas elecciones se abre el abanico de candidatos a la Alcaldía Mayor de Bogotá. Nombres como Carlos Vicente de Roux, Antonio Navarro, Carlos Fernando Galán y Francisco Santos tendrían el camino despejado.
Mientras se elige al nuevo alcalde, el lugar de Petro lo tomará una persona que elija el presidente Juan Manuel Santos.
Según la normatividad legal, no aplica la presentación de una terna por parte del Movimiento Progresistas, ya que los términos exigen el respeto del partido, grupo político o coalición del mandatario saliente sólo cuando faltan menos de 18 meses para finalizar el mandato, y a Petro le restan 23 meses en el poder.
NoticiasRCN.com
Unirse al canal de Whatsapp de Noticias RCN

Otras noticias