¿Qué pasará con ‘Otoniel’ tras la suspensión temporal de su extradición?

Una tutela interpuesta por las víctimas tiene en vilo el traslado del líder del Clan del Golfo a prisión norteamericana.


Noticias RCN

abr 29 de 2022
07:55 p. m.

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Cuando todo estaba listo para que en las próximas horas se diera la extradición de alias Otoniel a Estados Unidos, el magistrado del Consejo de Estado, César Palomino Cortés, decidió ordenarle al presidente Iván Duque suspender el traslado del líder del Clan del Golfo a Norteamérica hasta que no resuelva una tutela interpuesta por las víctimas, quienes consideraron que fueron vulnerados sus "derechos fundamentales de víctimas, a sancionar, investigar, recurso judicial efectivo, la imposición de penas, verdad, justicia y reparación".

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¿Qué pasará con ‘Otoniel’?

Ante la polémica decisión de suspender temporalmente la extradición de Dairo Antonio Úsuga, en 10 días se tendrá que tomar una determinación de fondo sobre la medida cautelar presentada por las víctimas, la cual tendrá un recurso ante la subsección siguiente del Consejo de Estado, es decir, un órgano distinto al que tomó primera medida, posteriormente, la Corte Constitucional tendrá la posibilidad de estudiar la tutela o dejarla en firme.

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Expertos analizan decisión tomada por el magistrado Palomino 

Noticias RCN consultó varios expertos jurídicos para analizar el porqué de la decisión de suspender temporalmente la extradición de ‘Otoniel’, teniendo en cuenta que este criminal estaba a un paso de ser trasladado a una prisión norteamericana. 

“Esta decisión es de cumplimiento inmediato y hasta que no esté resuelta la tutela en 10 días, no se puede extraditar a esta persona. Decisión que no admite recurso alguno”, dijo Francisco Bernate, abogado penalista. 

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Cabe resaltar que el objeto de la tutela es una presunta vulneración a los derechos de las víctimas de ‘Otoniel’ con su extradición, lo cual, a la luz de los expertos, no existe debido a la cooperación internacional. 

“La cooperación se habría podido dar muy bien como en otros casos por vía de declaración dada desde los Estados Unidos, la medida está vigente hasta la decisión de primera instancia y tendrá impugnación en caso de ser adversa”, finalizó Juan Manuel Charry, abogado constitucionalista. 

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