Esto es lo que cambiará con la nueva reforma pensional

La nueva reforma pensional traerá consigo varios cambios en las cotizaciones y administración de los ahorros de los colombianos.


Noticias RCN

jun 17 de 2024
07:00 p. m.

Unirse al canal de Whatsapp de Noticias RCN

La reforma pensional del Gobierno fue aprobada en el Congreso el pasado 14 de junio. Después de un álgido debate, el proyecto logró pasar gracias a una jugada de los representantes del Pacto Histórico, quienes lograron que se acogiera una proposición para pasar el texto que ya había sido discutido en Senado.

La primera gran reforma social del presidente Petro entraría en vigor el próximo 1 de julio del 2025, según lo establecido en el articulado, y entraría a modificar el modelo de pensiones que hasta ahora ha venido funcionando bajo los regímenes público y privado, para dar paso a un sistema de pilares.

RELACIONADO

¿Cuándo entra en vigor la reforma pensional y a quiénes aplicará el nuevo modelo de ahorro?

La base de la reforma es el establecimiento de los pilares semicontributivo, contributivo y solidario; integrados por el componente de Prima Media, Componente Complementario de Ahorro Individual y Pilar de Ahorro Voluntario.

Así funcionará el modelo de pilares

El pilar solidario será integrado por personas en condición de pobreza extrema y vulnerabilidad, que serán focalizadas de acuerdo con lo que establezca el Gobierno, y cuyas prestaciones serán financiadas con los recursos del Presupuesto General de la Nación y los recursos del Fondo de Solidaridad Pensional.

Con este, se busca garantizar una renta básica para los adultos mayores pobres, así como para hombres mayores de 55 años con discapacidad, y mujeres mayores de 50 años con discapacidad que hayan perdido más del 50% de su capacidad laboral y no cuenten con una fuente de ingresos para garantizar una vida digna.

Este pilar será Administrado por el Departamento de Prosperidad Social.

El pilar semicontributivo lo conformarán las personas afiliadas al sistema pensional que no cuenten con las cotizaciones suficientes para garantizarse una pensión. Aquí entran hombres de 65 años y mujeres de 60 años, que no hayan cumplido con los requisitos para jubilarse.

Para ellos habrá un beneficio económico financiado con recursos del PGN y los propios aportes de los cotizantes.

RELACIONADO

¿Pensionados pagarán más impuestos con la nueva reforma pensional? Esto es lo que se sabe

El pilar contributivo va dirigido a los trabajadores independientes, dependientes, servidores públicos y con capacidad de cotizar mes a mes. Aquí habrá dos divisiones que dependerán del nivel de ingresos que tenga la persona.

Quienes tengan ingresos entre uno y 2.3 salarios mínimos legales mensuales vigentes harán parte del componente de Prima Media; mientras que quienes ganen más de 2.3 y hasta 25 smlmv estarán en el componente de Ahorro Individual.

Los primeros harán sus cotizaciones completamente a Colpensiones, mientras que los segundos cotizarán hasta 2.3 smlmv en el fondo público y el resto lo podrán depositar en la AFP de su elección.

Finalmente, el pilar de ahorro voluntario lo integrarán personas que hagan un ahorro voluntario para complementar el monto de la pensión integral de vejez. Estos aportes serán inembargables y podrían entrar en un sistema de equivalencias para completar los requisitos para acceder a pensión.

¿A dónde va a ir la plata de los colombianos con la nueva reforma pensional?

De acuerdo con el capítulo II de la reforma pensional, los recursos que harán parte del Sistema de Protección Social Integral para la Vejez, Invalidez y Muerte serán públicos y parafiscales, es decir, no pertenecerán a la nación ni a las entidades administrativas, y no podrán ser usados para fines distintos a los del sistema.

RELACIONADO

Abecé de la reforma pensional: estos son algunos de los puntos clave aprobados en el Congreso

El proyecto también señala que los aportes de los colombianos y sus rendimientos financieros no podrán ser usados para financiar panes de gobierno, pago de deuda pública o privada. Además, los ahorros individuales del pilar contributivo serán de naturaleza privada, solo pertenecerán al respectivo afiliado.

Cabe señalar que si usted actualmente cotiza en Colpensiones y gana más de 2.3 salarios mínimos al mes, deberá elegir un fondo privado dentro de los seis meses siguientes a la expedición de la ley, para realizar su ahorro individual.

De no hacerlo, sería asignado aleatoriamente por el Gobierno.

Unirse al canal de Whatsapp de Noticias RCN

Otras noticias