¿Otorgar principios de oportunidad a los agresores de mujeres es una solución viable para la violencia de género?

En Noticias RCN consultamos a Linda Cabrera, directora de la Corporación Sisma Mujer, para conocer los alcances que tendría la reciente propuesta de la fiscal general.


Laura Alturo

jun 20 de 2024
05:09 p. m.

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La fiscal general, Luz Adriana Camargo, anunció recientemente que la Fiscalía buscaría otorgar principios de oportunidad temporales a hombres señalados por violencia intrafamiliar, con el fin de “reconstruir el tejido social”, y argumentando que no todas las mujeres que son víctimas “desean ver a sus compañeros tras las rejas”.

Las declaraciones de la fiscal no tardaron en generar controversia, sobre todo por la emergencia de violencia que atraviesa el país, en donde, según el Observatorio Feminicidios Colombia, 271 mujeres fueron víctimas de feminicidio entre enero y abril de este año.

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En Noticias RCN consultamos a la experta en el tema Linda Cabrera, directora de la Corporación Sisma Mujer, para conocer qué tan viable es la propuesta de la fiscal Camargo y si esto realmente ayudaría a proteger a las mujeres que viven dentro de círculos violentos.

¿Es viable dar beneficios a los señalados por violencia intrafamiliar?

De acuerdo con Cabrera, la propuesta de la fiscal “no observa los compromisos internacionales del Estado Colombiano”, en la medida que no aclara qué tipo de violencia sería considerada dentro de los beneficios de principio de oportunidad, pues Camargo habla de “violencia leve”, cuando las categorías reconocidas internacionalmente comprenden la violencia física, psicológica, económica y sexual.

Aunque en el ámbito interno estas violencias se pueden observar en un contexto intrafamiliar, Cabrera sostiene que los marcos jurídicos del país aún “están en mora” de alinearse con las categorías reconocidas internacionalmente y que son vinculantes para Colombia.

La categoría de violencia leve no existe jurídicamente hablando

Por otra parte, frente a la posibilidad de dar principios de oportunidad temporales y no totales a los agresores, la directora de la Corporación Sisma resalta que este beneficio judicial tiene límites fijados por la Corte Suprema de Justicia y la Corte Constitucional, en relación con el cumplimiento de los derechos a la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas.

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Además, exigen su aplicación bajo un enfoque de género en los casos de violencia contra las mujeres y prohíben su implementación en situaciones graves de violaciones de derechos humanos.

Por tanto, al ser la violencia contra las mujeres una violación a los DD. HH., no sería viable otorgar principios de oportunidad a quienes incurren en delitos relacionados.

¿Descongestionar la justicia o proteger a las mujeres?

Para la experta, la propuesta de la fiscal va más encaminada hacia “descongestionar la justicia y no a atender una realidad crítica de las mujeres, que tiene consecuencias estructurales”.

Según Cabrera, estas consecuencias se ven reflejadas en la falta de paridad, la poca participación en política de las mujeres y su falta de acceso a recursos económicos, lo que dificulta cada vez más el desarrollo de proyectos de vida libres de violencias.

La polémica propuesta de la fiscal llega en medio de una exacerbada violencia contra las mujeres, muchas de ellas víctimas de sus parejas o exparejas sentimentales, quienes, además, en ocasiones ya cuentan con anotaciones y denuncias por agresión.

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Respecto a esto, la experta sostiene que la responsabilidad en estos casos no es solo del agresor, sino que existe una carga estatal que debería impulsar a las instituciones a aplicar medidas preventivas, de protección y, sobre todo, a garantizar el acceso a la justicia de las víctimas.

Finalmente, cuestiona que la perspectiva de la fiscal no tenga en cuenta la reiteración de estos casos y la necesidad de abordar, desde el ente investigador, procesos para solicitar medidas de protección de forma oportuna y valoraciones por riesgo de feminicidio en cualquier caso en el que una mujer manifieste agresiones o intimidaciones por parte de un tercero.

Parece que la prioridad no son las mujeres, sino cómo reducir procesos, y ese es un mal enfoque para comprender el problema. La justicia no está congestionada por culpa de las mujeres, sino de la violencia de los agresores, y frente a eso la respuesta debe ser proteger a las mujeres y no ver cómo eliminar procesos

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