¿Quiénes están exentos de cumplir con la nueva cuarentena en Bogotá?
El Gobierno Distrital dio a conocer el decreto 007 del 4 de enero de 2021, a través del cual reglamenta la medida especial dispuesta para las localidades de Engativá Usaquén y Suba.
Noticias RCN
09:49 p. m.
Tras el anuncio, el pasado domingo, de la imposición de una nueva temporada de cuarentena obligatoria para tres localidades de Bogotá, como medida especial para mitigar la expansión y crecimiento acelerado del virus tras la época decembrina, el gobierno Distrital dio a conocer el texto del decreto que reglamenta dicha medida.
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En este, además del funcionamiento y vigencia de la nueva providencia, también se especifican, en su Artículo 2, las excepciones que regirán frente al cumplimiento de la medida que comenzará el próximo 5 de enero, y que se extenderá hasta el día 18 del mismo mes.
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Como se anticipó durante la rueda de prensa de anuncio de la nueva cuarentena que operará en las localidades de Suba, Engativá y Usaquén, están exentos de la restricción de movilidad, las personas y vehículos relacionados con los siguientes servicios:
- Atención y emergencias médicas y veterinarias; los cuales incluyen a los servicios de ambulancias, atención pre hospitalaria, farmacias, y otros relacionados, siempre y cuando cumplan con las identificaciones correspondientes.
- Abastecimiento y distribución de combustibles.
- Cadenas de producción y comercialización de bienes de primera necesidad, insumos agrícolas y alimentos; incluidos los de mascotas.
- Personas relacionadas con el comercio electrónico; el decreto advierte que la entrega de mercancías deberá estar mediada por las empresas de mensajería plenamente identificadas.
- Comercio gastronómico (restaurantes)
- Prestación de servicios públicos, siempre y cuando sean personas indispensables para la operación y prestación del servicio.
- Servicios fgunerarios.
- Trabajadores bancarios
- Trabajadores del mercado financiero
- Operación postal
- Centrales de riesgo
- Transporte de valores
- Servicios notariales
- Registro de instrumentos públicos
- Notarías
- Centros de diagnóstico automotor.
- Contratistas del estado en cargos orientadosa mitigar la emergencia por covid.
- Medios de comunicación (indispensables para el funcionamiento), quienes deberán estar debidamente acreditados.
- Personal de obras civiles públicas que se ejecuten en la localidad. Sobre este particular, el decreto establece que “Las obras civiles privadas incluyendo las remodelaciones, podrán continuar con sus labores siempre y cuando las adelanten con personal que no provenga de las localidades declaradas en cuarentena estricta, durante el periodo de vigencia de la misma”
- Industria hotelera
- Misiones diplomáticas
- Prestadores del servicio público de transporte
- Venta reparación de bicicletas
- Personas que regresen de viaje por vía terrestre podrán entrar a la localidad
- Entre otros
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Sobre los permisos para salir a abastecerse de alimentos y fármacos, el decreto establece que solamente podrá hacerlo una persona por familia, y cumpliendo el pico y cédula.
De igual modo, se establece que el paseo de mascotas no podrá exceder los 20 minutos, y deberá hacerse entre las 5:00 a.m. y 7:59 p.m , visitando espacios no muy alejados del lugar de residencia.
Este es el documento completo del decreto: