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Quitan exclusividad al Consejo de Estado para revisar tutelas contra Presidencia

Foto: archivo noticias RCN

Las tutelas contra el Presidente ya no se radicarán únicamente en Bogotá, sino que se repartirán según la competencia ordinaria.


Noticias RCN

jul 14 de 2025
05:34 p. m.

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El Gobierno nacional expidió el Decreto 0799 del 9 de julio de 2025, mediante el cual se modifica el artículo 2.2.3.12.1.2 del Decreto 1069 de 2015, que era el reglamento único del sector Justicia y del Derecho.

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La norma anterior establecía que las tutelas contra actuaciones del Presidente, sus ministros y directores de departamentos administrativos debían tramitarse exclusivamente en juzgados administrativos de Bogotá.

Esa regla fue eliminada. A partir de ahora, estas acciones se repartirán conforme a los factores territoriales y funcionales establecidos por la ley.

Quitan exclusividad al Consejo de Estado para revisar tutelas contra el presidente Gustavo Petro

El decreto, firmado por el presidente Gustavo Petro y el ministro de Justicia Luis Eduardo Montealegre Lynett, justifica el cambio con base en la necesidad de proteger principios constitucionales como la autonomía, independencia e imparcialidad de la administración de justicia.

Señala que centralizar las tutelas contra funcionarios del más alto nivel del Ejecutivo en una sola ciudad, como Bogotá, vulnera esos principios y puede poner en duda la neutralidad del sistema judicial.

En el texto se menciona que el artículo 50 de la Ley 270 de 1996, modificado por la Ley 2430 de 2024, prohíbe asignar competencia territorial a un funcionario judicial para conocer de asuntos que involucren decisiones del Presidente de la República, sus ministros o directores de departamentos administrativos, ya que esto compromete la imparcialidad de los jueces.

El decreto también cita jurisprudencia relevante como el Decreto 2591 de 1991, que regula la acción de tutela, y decisiones de la Corte Constitucional, que han advertido que la asignación automática de estos casos a juzgados de Bogotá no tiene fundamento jurídico y puede representar una amenaza al principio de imparcialidad, especialmente cuando se repiten actuaciones similares en una misma jurisdicción.

¿Qué significa que modifiquen la competencia exclusiva para el Consejo de Estado para revisar las tutelas contra el presidente?

Con base en todo lo anterior, el decreto modifica ese artículo para establecer que las acciones de tutela contra cualquier autoridad, órgano o entidad del orden nacional, incluidas las que se interpongan contra el Presidente de la República, se repartirán conforme a los factores funcionales y territoriales establecidos por la ley.

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Esto quiere decir que no habrá una ciudad fija ni un grupo determinado de jueces para conocer estos casos, y que el reparto será igual al de cualquier otra tutela.

Finalmente, el Decreto 0799 de 2025 deroga expresamente el numeral 12 del artículo 2.2.3.12.1.2 del Decreto 1069 de 2015 y entra en vigencia desde su expedición el 9 de julio.

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