Reforma laboral: recargo nocturno desde las 7:00 p. m. y dominicales del 100 % fueron aprobados
El debate de la laboral quedó programado para febrero del siguiente año. 16 de los 98 artículos del proyecto fueron aprobados.
Noticias RCN
07:11 p. m.
La reforma laboral fue discutida este jueves 14 de diciembre en la Comisión VII de la Cámara de Representantes. 16 artículos fueron aprobados antes de que la sesión ordinaria se levantara.
Lea, además: Unos pasaron y otros se hundieron: así quedaron los proyectos del Gobierno en este periodo legislativo
Estos fueron explicados por la congresista María Fernanda Carrascal, coordinadora ponente que celebró el avance del proyecto en el legislativo.
Los artículos aprobados de la laboral
Artículo 2. Relaciones que regula.
Artículo 3. Restricción de aplicabilidad.
Artículo 11. Modifíquese el artículo 120 del Código Sustantivo del Trabajo.
Artículo 15. Trabajo diurno y nocturno.
Artículo 19. Remuneración del trabajo suplementario.
Artículo 21. Límites a la subordinación.
Artículo 23. Medidas para la eliminación de la violencia, el acoso y la discriminación en el mundo del trabajo.
Artículo 30. Seguridad social y riesgos laborales en plataformas digitales de reparto.
Artículo 33. Supervisión humana de los sistemas automatizados.
Artículo 37. Programa de formación para el trabajo rural.
Artículo 42. Trabajadores migrantes.
Artículo 45. Participación para el trabajo decente en comunidades étnicas.
Artículo 56. Programa de convenios laborales para las víctimas del conflicto armado.
Artículo 57. Lineamientos de política pública de trabajo digno y decente para la transición justa y el empleo verde y azul.
Artículo 58. Incentivos al empleo verde y azul. Artículo 59. Formación para la promoción de empleos verdes y azules.
Uno de los más relevantes es el número 15, que establece las condiciones del trabajo diurno y nocturno, entendido bajo los siguientes horarios:
- Trabajo Ortuño es el que se realiza en el periodo comprendido entre las seis horas (6:00 a.m.) y las diecinueve horas (7:00 p.m.)
- Trabajo nocturno es el que se realiza en el periodo comprendido entre las diecinueve horas (7:00 p.m.) y las seis horas del día siguiente (6:00)
Esto implica que de ser aprobado el proyecto se pagaría el recargo desde las 7:00 de la noche y no desde las 9:00 p. m., como lo indica la actual legislación.
Aprueban dominicales pagados sobre el 100%: reforma laboral
Otro de los artículos que representarían un cambio importante es el 19, también aprobado. Este establece el pago de los dominicales. En el proyecto se lee: “el trabajo en día de descanso obligatorio, o días de fiesta, se remunera con un recargo del 100% sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas, sin perjuicio del salario ordinario a que tenga derecho el trabajador por haber laborado la semana completa”.
De acuerdo con esto, el pago que recibirán los empleados por trabajar un domingo será sobre el 100%, no el 75% como se sucede actualmente. Pero el cambio se haría gradualmente, así: a partir de julio del 2024 se subiría al 80%, en 2025 al 90% y en 2026 al 100%.
El debate de la laboral quedó programado para el siguiente año, en febrero.