Regreso a clases en Colombia: Instrucciones y excepciones de colegios y jardines en la presencialidad

Foto: Freepik

Una directriz señala que los profesores tienen la obligación de asistir a las aulas, incluso quienes se encuentran en zonas alejadas.


Noticias RCN

jun 23 de 2021
12:01 p. m.

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Todos los colegios y jardines infantiles del país deben volver a clases de manera presencial desde el mes de julio.

Así lo establece una nueva directriz del Ministerio de Educación que, además, señala que los profesores tienen la obligación de asistir a las aulas, incluso quienes se encuentran en zonas alejadas o tienen alguna comorbilidad.

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La cartera indica que los protocolos de seguridad, como tapabocas, distanciamiento y lavado de manos deben aplicarse, y solamente en aquellas instituciones, donde dichas medidas no puedan garantizarse podrán aplicar alternancia.

"El regreso a la prestación del servicio educativo de manera presencial está encaminado a garantizar el derecho fundamental a la educación en armonía con el derecho a la salud de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, y responde de manera inmediata a sus necesidades y a la equidad en las oportunidades, para contribuir con el proyecto de vida de la presente generación. Este proceso, además, cumple con las medidas de bioseguridad que brindan tranquilidad a todos los miembros de la comunidad educativa", dijo la ministra de Educación, María Victoria Angulo.

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¿Cómo se aplicará?

El documento detalla las medidas que deben seguir todos las instituciones públicas y privadas del país, para el regreso a la prestación del servicio educativo de manera presencial.

Asimismo, todo el personal logístico, directivo y administrativo retorna de manera completa a la presencialidad.

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La operación del Programa de Alimentación Escolar (PAE) también tendrán que volver a operar en las instituciones, siguiendo todos los protocolos de bioseguridad.

El modelo de alternancia solo puede aplicar por alguno de estos motivos:

  • Cuando el aforo o capacidad del aula no garantice un metro de distanciamiento físico.
  • Por razones de salud del estudiante con ocasión de la pandemia.
  • Cuando la entidad territorial o la institución educativa afronten una situación epidemiológica que amerite la suspensión temporal y provisional de las actividades.

Así sería el regreso a clases presenciales desde el 15 de junio en todo el país

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