Bogotá activará medidas extraordinarias de seguridad: esto es lo que cambiará hasta el sábado
Las autoridades también suspendieron temporalmente los permisos especiales para el porte de armas.
Noticias RCN
09:03 p. m.
Las alertas de seguridad que llevaron a reforzar los controles en Cali también motivaron la adopción de medidas preventivas en otras regiones del país.
En Bogotá, la administración distrital anunció una serie de restricciones temporales que buscan fortalecer la seguridad y preservar el orden público durante los próximos días.
Las disposiciones comenzaron a regir desde las 6:00 p. m. del jueves 6 de agosto y estarán vigentes hasta las 6:00 a. m. del sábado 8 de agosto. Sin embargo, una de las medidas relacionadas con el porte de armas se extenderá hasta las 6:00 p. m. del sábado.
Restricciones de seguridad en Bogotá por la posesión presidencial
El alcalde Carlos Fernando Galán informó que la ciudad activó restricciones temporales sobre la circulación de determinados vehículos y el transporte de algunos elementos considerados de riesgo.
De acuerdo con la Secretaría Distrital de Movilidad, durante este periodo quedó restringido el transporte y disposición de:
- Escombros.
- Materiales y elementos de construcción.
- Cilindros de gas propano.
- Mudanzas o trasteos.
- Combustibles y mercancías peligrosas.
Estas restricciones comenzaron a aplicarse desde las 6:00 p. m. del jueves 6 de agosto y se mantendrán hasta las 6:00 a. m. del sábado 8 de agosto.
La secretaria de Movilidad, María Fernanda Ortiz, explicó:
¿Qué se restringe? Transporte y disposición de escombros, de elementos y materiales de construcción, de cilindros de gas, mudanzas y combustible y mercancías peligrosos. Eso, como lo decía el alcalde, desde las seis de la tarde de hoy, 6 de agosto, hasta las seis de la mañana del sábado, 8 de agosto. Y repetimos, por razones de seguridad, para proteger la vida y la convivencia en la ciudad.
Restricciones en Bogotá sobre el porte de armas
A las medidas de movilidad se suma una decisión adoptada por la Décima Tercera Brigada, que ordenó suspender de manera general y por término definido la vigencia de los permisos especiales para el porte de armas de fuego y traumáticas expedidos a personas naturales y jurídicas.
La suspensión aplica en:
- Bogotá, Distrito Capital.
- Los municipios de San Juanito y El Calvario, en el departamento del Meta.
- Los municipios de Cundinamarca, con excepción de Medina y Paratebueno.
Según el documento oficial, la medida rige desde las 6:00 p. m. del jueves 6 de agosto de 2026 y se extenderá hasta las 6:00 p. m. del sábado 8 de agosto de 2026.
¿Quiénes quedan exceptuados de la suspensión?
El acto administrativo establece que algunas entidades y organismos podrán continuar portando armas, siempre que los permisos estén vigentes y expedidos a nombre de la entidad pública o privada correspondiente.
Entre las excepciones se encuentran:
- Fiscalía General de la Nación.
- Procuraduría General de la Nación.
- Contraloría General de la República.
- Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC).
- Unidad Nacional de Protección (UNP).
- Dirección Nacional de Inteligencia.
- Unidad Administrativa Especial de Migración
- Colombia con funciones de Policía Judicial.
- Empresas de vigilancia y seguridad privada, departamentos de seguridad, empresas transportadoras de valores autorizadas para la modalidad de escolta y sus supervisores debidamente acreditados.
- Misiones diplomáticas acreditadas en el país y comisiones extranjeras que cuenten con los permisos especiales de importación y exportación temporal expedidos por la autoridad competente
¿Por qué se adoptaron estas medidas?
Las autoridades señalaron que todas estas restricciones hacen parte de un plan preventivo orientado a reforzar la seguridad en la capital y otras zonas del país, en medio de las alertas existentes.
Con estas disposiciones se busca reducir riesgos, fortalecer los controles y proteger la vida, la convivencia y el orden público mientras permanezcan vigentes las medidas extraordinarias.