Terminal de Transporte de Bogotá: se suspende la venta de tiquetes a algunas ciudades por el paro nacional
Afectaciones se reportaron el viernes en vías de al menos 10 departamentos.
Noticias RCN
09:56 p. m.
Nuevamente el país se encuentra en paro. Esta vez por la actualización de avalúos catastrales realizada por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) en 520 municipios.
Organizaciones campesinas y comunidades enteras, que se han visto afectadas por la medida, en casos en los que se registró un aumento desproporcionado en el impuesto predial, exigen al Gobierno derogar la Resolución 2057 del 30 de diciembre de 2025.
Hasta entonces, amenazan con mantenerse en paro, bloqueando buena parte de las vías principales, en al menos 10 departamentos; lo que ha afectado el tránsito de pasajeros en carretera.
Terminal de Transporte de Bogotá anuncia la suspensión de venta de tiquetes hacia algunos destinos:
En respuesta, la Terminal de Transporte de Bogotá anunció que varias empresas de transporte municipal suspendieron la venta de tiquetes a destinos en los departamentos de la costa Caribe, al igual que en Boyacá y Santander.
Pasajeros con destino a Bucaramanga, Barbosa, Aguachica, Cartagena, entre otros, se verán afectados. Además, la terminal informó a los pasajeros interesados en viajar a Cúcuta, que la ruta se está realizando por la vía alterna de Málaga.
“Pese a la situación”, se lee en un comunicado, publicado en la página de la Alcaldía Mayor, “la venta de tiquetes hacia otros destinos y los servicios comerciales dentro de las tres sedes: Salitre, Norte y Sur, continúan operando con normalidad”.
Y recomendaron “a los usuarios, antes de desplazarse hacia la Terminal de Transporte de Bogotá, consultar previamente con las empresas de transporte la disponibilidad de tiquetes y el estado de las rutas”.
¿Qué dice el IGAC sobre la actualización del catastro?
De acuerdo con el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, la actualización catastral se realizó con base en el artículo 49 del Plan Nacional de Desarrollo y se trata, más bien, de “una medida excepcional aplicada por una sola vez para reducir brechas históricas entre los avalúos catastrales y las dinámicas económicas reales del territorio”.
Asimismo advirtió que “el ajuste del avalúo catastral no implica un aumento automático ni proporcional del Impuesto Predial Unificado”. El valor es determinado por: 1. Las tarifas definidas por cada concejo municipal 2. El Estatuto Tributario municipal 3. Los límites legales establecidos en la Ley 44 de 1990 y la Ley 1995 de 2019” y no “puede superar el 50% del valor pagado el año anterior”.