Servidores públicos retornarán gradualmente a actividades laborales de forma presencial

Foto: Freepik

Los representantes legales de las entidades deben seguir los protocolos de bioseguridad adoptados por el Ministerio de Salud.


Noticias RCN

ago 27 de 2020
11:01 p. m.

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En mayo, el Gobierno Nacional avanzó hacia un aislamiento obligatorio en medio de la pandemia del coronavirus. En tal medida, se exhortó a las entidades públicas de la Rama Ejecutiva para que procuraran, hasta agosto, prestar sus servicios de forma presencial hasta con un 20% de sus servidores y contratistas, de tal manera que el 80% restante continuara realizando su trabajo en casa.

En septiembre el país entrará en una etapa de aislamiento selectivo, con mayor reactivación y recuperación de la vida productiva del país, que tendrá como pilares la disciplina social, el distanciamiento físico individual y una cultura ciudadana de responsabilidad y autocuidado.

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En esta nueva etapa, los servidores públicos y los contratistas del Estado están llamados a liderar y apoyar de forma responsable las medidas que se adopten, en aras de superar de la mejor manera la situación que se ha derivado a causa de la pandemia.

Para facilitar la transición gradual y progresiva en la prestación presencial de los servicios a cargo de las entidades públicas, los representantes legales de las entidades, con sujeción a los protocolos de bioseguridad adoptados por el Ministerio de Salud y los particulares adoptados por cada entidad, deberán:

  • Retomar de forma gradual y progresiva el trabajo presencial, para lo cual a partir del mes de septiembre las entidades públicas de la Rama Ejecutiva del orden nacional procurarán prestar sus servicios de forma presencial hasta con un 30% de sus servidores y contratistas, de tal manera que el 70% restante continúe realizando trabajo en casa.
  • Adoptar horarios flexibles que eviten aglomeraciones en las instalaciones de la entidad y en el servicio de transporte público.
  • Habilitar los parqueaderos de la entidad para que las personas que lo deseen puedan trasladarse a la oficina en bicicleta y tengan en donde guardarlas.

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Las entidades que cumplan funciones o actividades estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria, o para garantizar el funcionamiento de los servicios del Estado que deben prestarse de manera presencial, no estarán sujetas a lo señalado.

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