Sí hay alivios económicos para arrendatarios de locales en Bogotá

El servicio virtual de la Cámara de Comercio de Bogotá busca que los arrendatarios y los arrendadores de locales comerciales lleguen a acuerdos de pago, dado el caso que no tengan dinero para cancelar el canon mensual.


Noticias RCN

abr 19 de 2020
01:53 p. m.

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Diversas entidades en el país siguen creando salvavidas para afrontar la crisis causada por la pandemia. Esta vez los alivios son para los arrendatarios de locales comerciales que tengan dificultad para pagar sus alquileres. 

La Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) puso a disposición un servicio virtual de conciliación en derecho para que empresarios y comerciantes lleguen a un acuerdo de pago con la ayuda de un abogado conciliador.

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De acuerdo con Gustavo Piedrahita, subdirector del Centro de Arbitraje y Conciliación de la CCB, “el resultado de una conciliación exitosa es una acta o acuerdo de conciliación que tiene los mismos efectos de una sentencia judicial, es decir, que es obligatorio para las partes”.

Si el canon de arrendamiento de su local, oficina o bodega está entre 0 y 7 millones de pesos la cámara de comercio no le cobrará nada por la asesoría. Si usted paga de alquiler entre 7 millones un peso y 15 millones el valor de la conciliación será de $313.67º, y si el arrendamiento supera los 15 millones de pesos mensuales la tarifa será especial y se le aplicará un 50% de descuento.

“Los procesos no son diferentes, las inscripciones se llevan a cabo de la misma manera, hay que tener en cuenta los requisitos y condiciones que establecemos en nuestra página web www.ccb.org.co o llamar al teléfono 5941000 extensión 4617 o 4370”, indicó Piedrahita.

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El solicitante de la conciliación debe ser el arrendatario del contrato y debe estar inscrito en la cámara de comercio como empresa o persona natural comerciante. En la audiencia virtual, las partes podrá enviar al correo electrónico del conciliador documentos como poderes, contratos o anexos. 

El funcionario de la CCB aclara que “el servicio funciona igual para arrendatario y arrendador, lo importante es que quien lo solicite tenga la calidad de comerciante inscrito en la Cámara de Comercio de Bogotá”.

Los arrendatarios podrán solicitar el servicio hasta tres veces de manera gratuita. En total son máximo dos audiencias virtuales por caso, la primera se realizará en un plazo de cinco días después de la radicación. 

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Para usted registrarse debe ingresar a la páginawww.centroarbitrajeconciliacion.comdirigirse a la opción otros servicios, dar clic en servicios virtuales y buscar el recuadro llamado 'conciliación en derecho'. Después busque la pestaña relacionada con los contratos de arrendamiento y seleccione la opción según sea su caso.  

Debe tener en cuenta que el servicio gratuito no aplica para inmobiliarias, aseguradoras, ni afianzadoras.   

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