Si no hay conductor identificado no hay foto multa: Corte

Corte Constitucional determinó que la validez de las multas estará condicionada a que la persona al volante del vehículo multado se pueda diferenciar.


Noticias RCN

feb 06 de 2020
11:30 p. m.

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La Corte Constitucional emitió un concepto que es bien recibido por algunos conductores en el país, en tanto establece condiciones para la validez de las llamadas foto multas.

El alto organismo consideró que algunos de dichos comparendos quedarán inválidos en tanto el llamado de atención y posterior multa no debería estar ligados netamente a la placa de los vehículos infractores, sino que estableció que para que esta sea válida, en la fotografía en la que se fundamenta, el ciudadano al volante debe ser identificable.

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La Corte estableció que las autoridades no podrán imponer las fotomultas si el responsable de la violación de las normas no queda plenamente identificado ante los mecanismos de fotoregistro.

“Es importante poder identificar a través de la tecnología quién es quien comete la infracción. No se puede imponer una responsabilidad sancionatoria contra alguien que no ha cometido la falta”, señaló el magistado Alejandro Linares.

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