Tome nota: rotación del pico y placa en Bogotá ya no sería cada cuatro meses

La Alcaldía de Bogotá dio a conocer algunos ajustes a la medida del pico y placa que empezará a regir el próximo 10 de enero.


Noticias RCN

ene 06 de 2023
12:45 p. m.

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El próximo martes 10 de enero se pondrá en marcha la nueva medida de pico y placa para el tránsito de vehículos en Bogotá, instalada por la Alcaldía con el fin de mejorar la movilidad en vista de las numerosas obras que se adelantan.

Como ya se había anunciado, la norma estará dividida en dos grupos: uno de ellos con restricción los días pares para las placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5; y el otro los días impares para los vehículos cuya matrícula finalice en 6, 7, 8, 9 y 0.

Adicionalmente, la Administración Distrital había dado a conocer que la medida se extendería de lunes a viernes entre las 6:00 a. m. y las 9:00 p. m., y que tendría una rotación cada cuatro meses.

No obstante, ante las numerosas críticas por parte de conductores y gremios, la Alcaldía publicó el decreto 003 de 2023 en el que se dio un reversazo respecto a la rotación periódica, estableciendo que esta no será necesaria a menos que la Alcaldía lo considere necesario.

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El nuevo cambio en el pico y placa

Así las cosas, se confirmó que quedó eliminada la rotación del pico y placa cada cuatro meses, por lo que se mantendrá de forma normal durante el tiempo que la Administración lo considere pertinente.

Sin embargo, de ser necesario, las autoridades informarán con al menos 10 días de anticipación, cualquier cambio en la aplicación de las restricciones.

La Administración Distrital periódicamente y de acuerdo a los estudios que elabore la Secretaría Distrital de Movilidad podrá establecer la rotación aplicable para la restricción de circulación. En este caso, el referido acto administrativo, deberá ser publicado con mínimo 10 días calendario de antelación a la entrada en vigencia del cambio, para su correcta divulgación y apropiación por parte de la ciudadanía.

Así queda la restricción para festivos y pico y placa regional

Sobre el pico y placa regional y la restricción para días festivos, el decreto estableció la norma para vehículos particulares, dependiendo del último dígito de la placa.

Para los días con retorno por puente festivo, la restricción de circulación irá de las 6:00 a. m. a 8:00 p. m., igual que un día hábil, con el fin de “reducir la congestión vehicular y las externalidades asociadas al uso de vehículo particular”.

El pico y placa regional se aplicará, como de costumbre, sobre los corredores de la autopista Norte, Sur, calle 13, calle 80, carrera séptima, avenida Boyacá, la vía al Llano, la vía a La Calera y la vía a Choachí.

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