Tribunal tumbó nombramiento del ministro de Defensa Diego Molano

Ministro de Defensa Diego Molano - Archivo Noticias RCN

El fallo del Tribunal Administrativo de Cundinamarca además ordena al presidente Iván Duque nombrar un nuevo jefe para la cartera de defensa.


Noticias RCN

abr 20 de 2022
04:09 p. m.

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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca tomó la decisión de declarar nulo el nombramiento del ministro de Defensa Diego Molano en febrero del 2021 por parte del presidente Iván Duque. Este señaló que la designación de Molano es ilegal porque violó la Ley de Cuotas, por la cual el presidente “está obligado a nombrar, al menos en el 30% de los cargos de máximo nivel decisorio en los ministerios, a mujeres”.

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El fallo de este tribunal además ordena al presidente Iván Duque nombrar un nuevo jefe para la cartera de defensa.

Inferioridad de mujeres en el gabinete de Duque

Diego Molano fue nombrado como ministro de Defensa tras el fallecimiento de Carlos Holmes Trujillo, quien ocupaba el cargo. En aquel momento, había solo cinco mujeres integrando el gabinete del presidente Duque. 

Hay un total de 18 ministerios, de los cuales el 30% le corresponden a las mujeres. En ese caso, serían 5.4, “pero al tratarse de grupos históricamente discriminados, la norma debe aplicarse a favor de ellos, y, por tanto, el número deberá aproximarse al entero siguiente, que corresponde al número seis″, indica el fallo.

Las mujeres que integraban el gabinete para ese entonces eran Claudia Blum en la Cancillería; María Victoria Angulo, en Educación; Karen Abudinen, en las TIC; Ángela María Orozco, en Transporte y Mabel Torres, en Ciencia. Las organizaciones Dejusticia, Sisma Mujer y Red Nacional de Mujeres demandaron 
los decretos que nombraron a varios ministros que entraron al Gobierno por esa época.

Una vez el caso llegó alTribunal Administrativo de Cundinamarca, el Gobierno argumentó su defensa diciendo que, a su juicio, el 30% se garantizaba con las cinco ministras que había. 

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A pesar de esto, el Tribunal de Cundinamarca explicó que el Gobierno no tenía razón, pues las cinco mujeres que había en el Gabinete solo representaban el 27,7% de los ministerios. Menos del 30% que dice la Ley.

El fallo remarca lo siguiente: “se puede determinar que, por disposición constitucional, al Estado le corresponde adoptar medidas a favor de grupos que históricamente han sido discriminados, excluidos o marginados, y brindar protección a las personas que se encuentran en debilidad manifiesta, lo que se manifiesta con la consagración de mecanismos jurídicos que les permita el acceso a los derechos que han sido limitados”.

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