Trabajadores a los que NO se les reducirá la jornada laboral a 44 horas
Conozca quienes no se verán beneficiados con la norma que regirá a partir de este fin de semana.
Noticias RCN
jul 11 de 2025
10:46 a. m.
10:46 a. m.
Desde el próximo 15 de julio, la jornada laboral en Colombia se reducirá nuevamente. Para este 2025, los trabajadores pasarán de trabajar 46 horas a 44 horas semanales.
No obstante, esta reducción no aplica para todos los trabajadores en el país. La Ley 2101 de 2021 y el Código Sustantivo del Trabajo, asegura que no todos los trabajadores tendrán este cambio en su jornada.
Son varios los trabajos los que no tendrán reducción, esto debido a que cuentan con tareas especiales o sus labores son discontinuas o intermitentes.
Trabajadores a los que NO se les aplica la reducción de jornada
- Cargos de dirección, confianza o manejo: Estos trabajadores, por la naturaleza de sus funciones, no están sujetos a la jornada máxima legal.
- Servicios domésticos: Ya sea en áreas urbanas o rurales, los empleados domésticos no están cubiertos por la reducción de jornada.
- Labores intermitentes o de vigilancia con residencia en el lugar de trabajo: Si un trabajador realiza tareas discontinuas o de vigilancia y reside en el mismo sitio de trabajo, no se le aplica la reducción de jornada.
- Trabajos insalubres o peligrosos: La ley permite al gobierno reducir la jornada en estos casos, pero no establece una reducción automática.
- Turnos sucesivos: Aquellos empleados que trabajan en turnos que permiten la continuidad operativa de la empresa sin interrupción no se benefician de la reducción de jornada.
- Servidores públicos: En general, los servidores públicos están exentos de la reducción, a menos que trabajen en empresas del Estado y sus relaciones laborales se rijan por el Código Sustantivo del Trabajo.
- Jornadas inferiores: La reducción no aplica a trabajadores que ya tienen jornadas inferiores a las establecidas por la ley.