CANAL RCN

Trabajadores a los que NO se les reducirá la jornada laboral a 44 horas

Foto: Freepik

Conozca quienes no se verán beneficiados con la norma que regirá a partir de este fin de semana.


Noticias RCN

jul 11 de 2025
10:46 a. m.

Unirse al canal de Whatsapp de Noticias RCN

Desde el próximo 15 de julio, la jornada laboral en Colombia se reducirá nuevamente. Para este 2025, los trabajadores pasarán de trabajar 46 horas a 44 horas semanales.

No obstante, esta reducción no aplica para todos los trabajadores en el país. La Ley 2101 de 2021 y el Código Sustantivo del Trabajo, asegura que no todos los trabajadores tendrán este cambio en su jornada.

RELACIONADO

¿Afectará el salario de trabajadores con la reducción de jornada laboral a partir de julio? Esto debe saber

Son varios los trabajos los que no tendrán reducción, esto debido a que cuentan con tareas especiales o sus labores son discontinuas o intermitentes.

Trabajadores a los que NO se les aplica la reducción de jornada

  • Cargos de dirección, confianza o manejo: Estos trabajadores, por la naturaleza de sus funciones, no están sujetos a la jornada máxima legal.
  • Servicios domésticos: Ya sea en áreas urbanas o rurales, los empleados domésticos no están cubiertos por la reducción de jornada.
  • Labores intermitentes o de vigilancia con residencia en el lugar de trabajo: Si un trabajador realiza tareas discontinuas o de vigilancia y reside en el mismo sitio de trabajo, no se le aplica la reducción de jornada.
  • Trabajos insalubres o peligrosos: La ley permite al gobierno reducir la jornada en estos casos, pero no establece una reducción automática.
RELACIONADO

¿De cuánto es el auxilio de conectividad en Colombia y en qué trabajos puede acceder?

  • Turnos sucesivos: Aquellos empleados que trabajan en turnos que permiten la continuidad operativa de la empresa sin interrupción no se benefician de la reducción de jornada.
  • Servidores públicos: En general, los servidores públicos están exentos de la reducción, a menos que trabajen en empresas del Estado y sus relaciones laborales se rijan por el Código Sustantivo del Trabajo.
  • Jornadas inferiores: La reducción no aplica a trabajadores que ya tienen jornadas inferiores a las establecidas por la ley.
Unirse al canal de Whatsapp de Noticias RCN

Otras noticias