¿Alcanzó? Este sábado se acabó la Ley de borrón y cuenta nueva

Finanzas personales /Foto: Pixabay

El año pasado se sancionó la ley 2157 de 2021. De ahora en adelante, todo será como antes.


Noticias RCN

oct 29 de 2022
07:19 p. m.

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La Ley de borrón y cuenta nueva, que cobijaba a todos los colombianos, con la incentiva a acogerse a las amnistías que contenían y a cumplir sus obligaciones de pago pendientes, lo cual les permitía a cambiar su reporte negativo en centrales de riesgo llegó este sábado a su fin.

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La idea era hacer el pago del saldo en mora o del total de su obligación dentro de los 12 meses que tenía de vigencia de la ley. En las 48 horas hábiles posteriores al pago del saldo en mora o del total de la obligación, los bancos les notificarían a las centrales de información financiera de manera automática que se realizó el pago y después se cambiaba el reporte negativo. Sin embargo, esta amnistía ya se acabó y todo volvió a la normalidad.

¿Qué era la Ley de borrón y cuenta nueva?

La ley 2157 de 2021 fue la normativa que sancionó el presidente Iván Duque el 29 de octubre de 2021, en la cual se adoptaban, modificaban y agregaban medidas al régimen del habeas data en relación a la información financiera, crediticia comercial y de servicios.

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Esta Ley conocida como Ley de borrón y cuenta nueva permitía que los deudores morosos reportados en las centrales de riesgo del país como Datacrédito pudieran limpiar su historial crediticio pagando todas las deudas contraídas durante la vigencia de la Ley, quedando eliminados sus reportes en un menor tiempo del que se establece por regla general.

¿Cuál era la vigencia de la Ley de Borrón y Cuenta Nueva?

Esta ley regía a partir de 12 meses a partir de la fecha de publicación. Es decir, desde el 29 de octubre de 2021 hasta el 29 de octubre de 2022, es decir este sábado.

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La Ley de Borrón y Cuenta Nueva era una medida transitoria, por ende, cuando se cumplieran esos 12 meses de vigencia, volverá a operar la regla general de permanencia del reporte negativo consistente en el doble de tiempo de la mora y hasta 4 años, desde que se pague la totalidad de la deuda objeto de reporte.

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