Así funcionan las multas y topes por consumo de agua en temporada de sequía

Foto: Pixabay

Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico busca incentivar a la conciencia en el uso de este recurso.


Noticias RCN

feb 03 de 2024
10:31 a. m.

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La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico firmó la resolución 39 del 2024, la cual busca desincentivar el consumo excesivo de agua potable, generando cobros extra para aquellos usuarios que derrochen el apreciado recurso. 

Ruth Maritza Quevedo, directora del CRA, explicó que la tarifa por los excesos subirá dependiendo de que tan cara es el agua en cada uno de los municipios del país. 

En Bogotá, la tarifa para inicio del año para estratos 1,2,3 y 4 se promedió en 3.380 pesos por metros cúbicos residenciales, pero este subirá si se exceden los topes por parte de los usuarios. 

“No significa que se va a cobrar más de lo que usted viene consumiendo periódicamente, lo que significa es que cuando usted excede su consumo promedio, ese litro adicional de agua será más costoso", estableció Quevedo. 

Topes en Colombia para el consumo de agua

Según la resolución CRA 943 de 2001 se fijaron los topes de gasto de agua en el país, teniendo como base los diferentes pisos térmicos. Así lo detalló la normativa:

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1. Ciudades y municipios con altitud promedio por encima de 2.000 metros sobre el nivel del mar. 22 metros cúbicos / suscriptor / mes.
2. Ciudades y municipios con altitud promedio entre 1.000 y 2.000 metros sobre el nivel del mar: 26 metros cúbicos/suscriptor/mes.
3. Ciudades y municipios con altitud promedio por debajo de 1.000 metros sobre el nivel del mar: 32 metros cúbicos/suscriptor/mes.

¿Cómo se calcula la multa por exceder el tope?

Este valor se adicionará a la factura del servicio público domiciliario del acueducto del hogar. 

"De igual forma, la persona prestadora deberá discriminar en la factura los metros cúbicos facturados por concepto del consumo excesivo, así como su valor", señaló la CRA.

¿Qué lugares están exentos a esta medida? 

Serán exceptuados de la aplicación de esta normatividad:

- Los inquilinatos. 
- Hogares comunitarios de bienestar y sustitutos según el ICBF. 
- Usuarios de áreas comunes de inmuebles bajo el régimen de propiedad horizontal. 

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¿Cuál es el tope según su lugar de residencia? 

Capitales donde el tope es 22 metros cúbicos

  • Bogotá
  • Tunja, Boyacá
  • Manizales, Caldas
  • Pasto, Nariño 

Capitales donde el tope es 26 metros cúbicos:

  • Medellín, Antioquia
  • Popayán, Cauca
  • Armenia, Quindío
  • Pereira, Risaralda
  • Ibagué, Tolima
  • Cali, Valle del Cauca
  • Capitales donde el tope es 32 metros cúbicos
  • Leticia, Amazonas
  • Arauca, Arauca
  • Barranquilla, Atlántico
  • Cartagena, Bolívar
  • Florencia, Caquetá
  • Yopal, Casanare
  • Valledupar, Cesar
  • Quibdó, Chocó
  • Montería, Córdoba
  • Inírida, Guainía
  • San José del Guaviare, Guaviare
  • Neiva, Huila
  • Riohacha, La Guajira
  • Santa Marta, Magdalena
  • Villavicencio, Meta
  • Cúcuta, Norte de Santander
  • Mocoa, Putumayo
  • San Andrés
  • Bucaramanga, Santander
  • Sincelejo, Sucre
  • Mitú, Vaupés
  • Puerto Carreño, Vichada

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