Así puede pensionarse si cumple con la edad requerida, pero no con los demás requisitos

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De acuerdo con cifras de Colpensiones, en Colombia solo tres de cada diez trabajadores activos cotizan al régimen pensional.


Noticias RCN

ago 02 de 2022
08:29 a. m.

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En el país hay dos regímenes pensionales: el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad y el Régimen de Prima Media. El primero es privado y el segundo es público. Ambos sistemas tienen particularidades en su forma de financiarse, en la administración de los recursos y en los parámetros que establecen a los contribuyentes para acceder a la pensión.

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En muchas ocasiones las personas que cotizan pensión cumplen la edad necesaria para jubilarse, pero no los demás requisitos. En el caso del régimen público, la exigencia para las mujeres es tener 57 años, y 63 para los hombres. Además de un mínimo de 1.300 semanas cotizadas.

Si el afiliado llega a la edad requerida y no cumple las semanas puede optar por continuar el pago hasta cumplir el número de semanas establecidas. También ocurre que la persona manifiesta que no puede seguir pagando al régimen, por lo que la opción que tendrá es acceder a una devolución de dinero de los aportes realizados a pensión, una indemnización sustituta que se otorga a quienes tienen la edad requerida, pero no las semanas y además no pueden continuar cotizando.

Con respecto al funcionamiento de los fondos privados, las condiciones cambian. El tiempo mínimo que se pide es de 1.150 semanas. Si la persona cumple con la edad establecida, pero no con el tiempo, puede pedir un reembolso del saldo que tiene en su cuenta de ahorro pensional individual.

Otras opciones para acceder a pensión sin cumplir los requisitos

Una de las opciones es apuntarle a la pensión familiar, que implica que uno de los compañeros permanentes que no alcanza a cumplir con el requisito del tiempo, puede sumar sus semanas cotizadas para acceder a la jubilación y compartir la prestación económica.

Otra de las alternativas es el plan Beps. Esta forma implica ahorrar voluntariamente y de acuerdo a las posibilidades de ahorro de cada individuo. El Gobierno Nacional ofrece un incentivo, un subsidio del 20% sobre el monto que se guarde.

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Esta es una opción disponible para quienes aporten en pensión y no cumplan con las condiciones para jubilarse. Pueden solicitar el traslado de sus aportes a Beps para recibir sobre el valor el subsidio que brinda el Gobierno.

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