¿Cómo se calcula la multa que deben pagar los establecimientos que incumplen con los requisitos de facturación en Colombia?

Foto: Pixabay

El incumplimiento para la emisión de facturas electrónicas puede acarrear sanciones significativas, incluyendo multas pecuniarias e incluso el cierre temporal del establecimiento.


Noticias RCN

may 23 de 2024
03:16 p. m.

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En Colombia, la facturación electrónica se ha convertido en un requisito fundamental para la formalización y el control fiscal de las empresas.

El incumplimiento de los requisitos establecidos por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) para la emisión de facturas electrónicas puede acarrear sanciones significativas, incluyendo multas pecuniarias e incluso el cierre temporal del establecimiento.

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Sobre este tema, han sido varios locales que se han visto obligados a cerrar. El pasado 21 de mayo, en las horas de la mañana, el Outlet de Adidas de Bogotá, situado en la Avenida de las Américas fue cerrado por tres días por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

El motivo del cierre se centró en el incumplimiento de las obligaciones de expedición y entrega de la factura electrónica, una de las exigencias fiscales que la DIAN verifica regularmente en los comercios del país.

¿Cómo se calcula la multa por incumplir con factura electrónica?

El cálculo de la multa por incumplimiento de requisitos de facturación en Colombia se basa en dos parámetros principales.

El primero de ellos es por el tipo de facturación. El no expedir factura electrónica, da como sanción del 1% del valor de las operaciones no facturadas, sin exceder los 950 UVT (Unidad de Valor Tributario).

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Por otro lado, el expedir factura electrónica sin cumplir los requisitos. La sanción es del 1% del valor de las operaciones facturadas irregularmente, sin exceder los 950 UVT.

En cuanto a los ingresos operacionales, la Dian puede considerar los ingresos operacionales del establecimiento infractor para determinar la multa. Por ejemplo, si el infractor se acoge a una sanción pecuniaria en lugar del cierre del establecimiento, la multa será equivalente al 10% de los ingresos operacionales obtenidos en el mes anterior a la fecha de la infracción.

Ejemplo de cálculo por facturación electrónica

Un establecimiento comercial no expide factura electrónica por valor total de $100.000.000. En este caso, la multa se calcula de la siguiente manera:

1% * $100.000.000 = $1.000.000

Como el valor de la multa no supera los 950 UVT, el establecimiento deberá pagar $1.000.000.

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