Estas son las personas que deben cumplir con obligaciones tributarias en julio 2025: téngalo en cuenta
Conozca los impuestos que se deben cumplir en este mes.
Noticias RCN
07:28 a. m.
El calendario tributario de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) sigue avanzando y con él, una serie de obligaciones para los colombianos se tienen previstas para los siguientes meses del año.
Con la llegada del segundo semestre del año 2025, son varias obligaciones fiscales las que comienzan a cumplirse, tanto para personas naturales como jurídicas.
Y es que si bien la declaración de renta (empieza en agosto), es uno de los trámites más importantes, para este mes de julio, algunos colombianos tienen la obligación de cumplir con varios procesos tributarios.
Obligaciones tributarias para el mes de julio de 2025
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) publicó el calendario de vencimientos tributarios de julio de 2025, herramienta que busca que los contribuyentes cumplan con sus deberes y eviten multas.
- Entre el 9 y el 22 de julio: Las personas jurídicas deben hacer el pago de la segunda cuota por concepto del Impuesto sobre la Renta y Complementarios del año gravable 2024. El plazo del pago depende del último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT) del contribuyente.
- Entre el 9 y el 22 de julio: Los responsables del Impuesto sobre las Ventas (IVA), con ingresos brutos a 31 de diciembre de 2024 iguales o superiores a $4.329.980.000 deben presentar y pagar la declaración del bimestre mayo - junio de 2025. La fecha depende del último dígito del NIT.
- Hasta el 14 de julio: Los responsables del Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM deberán presentar y pagar la declaración correspondiente al mes de junio de 2025. Este plazo se aplica independientemente del Número de Identificación Tributaria (NIT) del contribuyente.
- Hasta el 14 de julio: Las personas no residentes o entidades no domiciliadas en Colombia que cuenten con Presencia Económica Significativa – PES – y elijan declarar y pagar el Impuesto sobre la Renta y complementarios, deben realizar el pago anticipado bimestral, correspondiente a los meses de mayo y junio, de este impuesto utilizando el Formulario 115. Este plazo se aplica independientemente del Número de Identificación Tributaria (NIT) del contribuyente.
- Hasta el 14 de julio: Los responsables del Impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas y productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas, deberán declarar y pagar el bimestre mayo – junio de 2025, independientemente del Número de Identificación Tributaria (NIT).
¿Cuándo inicia el calendario para declarar renta en 2025?
El calendario tributario establece que las personas naturales deberán presentar su declaración de renta entre el 12 de agosto y el 24 de octubre de 2025, de acuerdo con los dos últimos dígitos de su Número de Identificación Tributaria (NIT).
Debe saber que esta sanción corresponde al 5 % del impuesto a cargo y se incrementa por cada mes o fracción de mes de retraso. Por ende, la recomendación de la DIAN es organizarse con tiempo, revisar con anticipación los requisitos y utilizar las herramientas digitales disponibles para cumplir con esta responsabilidad de manera oportuna y sin contratiempos.