Calendario tributario: ¿para quiénes se vence esta semana?

Calendario tributario para personas naturales, Foto: / Pixabay

Conozca cuáles son los contribuyentes a quienes se les vence el plazo para presentar la declaración de renta entre el 5 y el 9 se septiembre.


Noticias RCN

sept 05 de 2022
03:20 p. m.

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El calendario tributario establecido por la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) para presentar la declaración de renta de los contribuyentes con residencia fiscal en el país, se vence esta semana para 10 dígitos establecidos por el número de identificación registrado en la DIAN.

De acuerdo con el organismo, para las personas naturales el número de identificación tributaria corresponde al mismo número de su cédula de ciudadanía y los vencimientos se aplican por día y en secuencia a los dos últimos dígitos de este.

Este lunes, 5 de septiembre es el último día para que los declarantes con número de NIT o cédula terminados en 37 y 38 presenten su renta en el tiempo oportuno. De hacerlo por fuera de la fecha deberá asumir una sanción de extemporaneidad, equivalente a 10 Unidades de Valor Tributario (UVT) vigentes para el año en curso, es decir, 380.000 pesos colombianos, además del interés por mora.

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Preste atención a las siguientes fechas de vencimiento

Martes 6 de septiembre: Últimos dígitos 39 y 40

Miércoles 7 de septiembre: Últimos dígitos 41 y 42

Jueves 8 de septiembre: Últimos dígitos 43 y 44

Viernes 9 de septiembre: Últimos dígitos 45 y 46

En contexto: ¿Quiénes deben declarar renta?

Según la DIAN los topes para la declaración de renta para el 2022 se establece de acuerdo a los ingresos, bienes, compras, consumos, transferencias y consignaciones registradas al titular durante el 2021, y son los siguientes:

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Tener un patrimonio bruto superior a $163.386.000 durante todo el 2021.

Haber obtenido ingresos brutos iguales o superiores $50.831.000al 31 de diciembre del 2021.

Haber realizado consumos mediante tarjeta de crédito superiores a $50.831.000 durante el año 2021.

Haber realizado compras y consumos totales superiores $50.831.000 del mismo año.

Haber realizado consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras por valor total acumulado superior $50.831.000durante el año 2021.

Ser responsable del IVA al cierre del año gravable 2021.

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