Cambios importantes en el SOAT: ¿quiénes se beneficiarán? Tome nota

Foto: Freepik

El Ministerio de Transporte y la Superintendencia Financiera emitieron una actualización con respecto al SOAT. ¿De qué se trata?


Noticias RCN

oct 10 de 2024
04:41 p. m.

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Mediante la circular externa 013 de 2024, se modificó la vigencia del SOAT para los vehículos extranjeros, las autoridades entregaron detalles.

¿Quiénes podrán comprar el SOAT por días?

El SOAT es el seguro obligatorio que deben pagar todos los automotores que circulen en Colombia, incluyendo los extranjeros. El Ministerio de Transporte explica que “ampara los daños corporales que causen las personas en accidentes de tránsito”. La medida excluye a los que se movilizan por vías férreas y la maquinaria agrícola.

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Las coberturas previstas son: gastos médicos, farmacéuticos, hospitalarios y/o quirúrgicos; incapacidad permanente, fallecimiento, gastos funerarios y gastos de transporte para movilizar a los afectados a partir de los topes establecidos.

El SOAT es de cubrimiento universal, lo que significa que ayuda a los lesionados que resulten afectados durante un accidente. Es decir, al conductor, pasajeros, ocupantes particulares y peatones.

Ahora, con esta circular, se le permite a los vehículos extranjeros pagar el SOAT por días, teniendo en cuenta el tiempo de estadía planeado. El propósito de esta medida es establecer una metodología más justa y accesible.

Eduardo Enríquez Caicedo, viceministro de Transporte, señaló lo siguiente: “Con la emisión de esta circular, hemos dado un paso significativo en la mejora de la seguridad vial y la regulación del tránsito de vehículos extranjeros en Colombia. Ahora, los conductores de vehículos registrados fuera del país podrán adquirir el SOAT por días, adaptando la cobertura a su tiempo de circulación en nuestro territorio”.

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Así se hace el registro

A partir de esta normativa, las entidades aseguradoras deberán expedir el SOAT a los vehículos que transiten por zonas fronterizas a corto plazo, con un mínimo de 15 días.

El registro de los vehículos particulares extranjeros deberá realizarse 24 horas antes de su ingreso a Colombia. El trámite debe hacerse a través del portal oficial de Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT): https://www.runt.gov.co/.

La página habilitará el Pre-Registro de Vehículos Extranjeros. En ese enlace, los usuarios podrán registrar de manera gratuita la información, tanto del vehículo como del conductor. Allí se diligenciarán los datos relevantes a la estadía.

Después de completar el registro, el RUNT redirigirá a los usuarios a las ofertas de las aseguradoras y comprar la póliza en poco tiempo.

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