Casos en los que debe afiliar a la empleada doméstica a seguridad social completa: tome nota
Conozca los casos donde debe cumplir con esta obligación y evitar problemas.
Noticias RCN
06:40 a. m.
En el complejo panorama laboral colombiano de 2026, la formalización del servicio doméstico sigue siendo una prioridad para las autoridades y un desafío para los hogares.
Una de las dudas más recurrentes entre los empleadores es determinar en qué momento una trabajadora deja de ser considerada "por días" para efectos de aportes y debe ser afiliada al sistema de seguridad social completa.
Para entender cuándo se debe pagar la seguridad social completa (salud, pensión, ARL y Caja de Compensación sobre una base de un salario mínimo), es fundamental mirar el calendario. El Decreto 2616 de 2013 y sus actualizaciones posteriores establecen que el régimen de "cotización por semanas" tiene cierto límite.
Caso donde tiene que afiliar a seguridad social completa a empleada doméstica
Si una empleada labora 21 días o menos al mes, el empleador puede optar por el esquema parcial. En este caso, la trabajadora mantiene su afiliación al régimen subsidiado de salud (Sisbén) o permanece como beneficiaria de un familiar, mientras que el empleador aporta a pensión y caja de compensación por semanas, y paga la ARL por el mes completo.
Sin embargo, el escenario cambia drásticamente cuando la trabajadora cumple 22 días o más de labores en el mes. En este punto, la ley asume que la relación laboral es de tiempo completo o permanente. Esto implica que el empleador debe realizar la afiliación al régimen contributivo de salud, asumiendo el costo total de los aportes sobre la base de, al menos, un Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (SMLMV).
Es un error común pensar que contratar por días exime de responsabilidades. Independientemente de si son 2 o 30 días, la ARL (Riesgos Laborales) siempre debe pagarse por el mes completo para cubrir cualquier eventualidad desde el primer segundo de trabajo.