DIAN da a conocer fechas claves para personas que deben declarar renta: téngalo en cuenta
Conozca las personas que deben cumplir con esta obligación en esta semana.
Noticias RCN
10:19 a. m.
Desde el pasado 12 de agosto, son millones de colombianos los que han ido cumpliendo con la obligación tributaria de declarar renta ante la DIAN.
Para la semana del 15 al 19 de septiembre, son otros millones de ciudadanos los que deben realizar este proceso, que, en caso de no hacerse en la fecha que es, conlleva grandes multas.
Esta multa da el 5 % del valor por cada mes o fracción de retraso (máximo 100 % del impuesto).
Cédulas que deben presentar declaración de renta del 15 al 19 de septiembre
De esta manera, el calendario tributario de la DIAN indica que los colombianos que deben presentar su debida declaración de renta son aquellos en los que su NIT termine entre el 47 y 56.
Así se distribuye el calendario según la DIAN:
- Lunes 15 de septiembre: dígitos 47 y 48
- Martes 16 de septiembre: dígitos 49 y 50
- Miércoles 17 de septiembre: dígitos 51 y 52
- Jueves 18 de septiembre: dígitos 53 y 54
- Viernes 19 de septiembre: dígitos 55 y 56
Cabe anotar que la entidad aduanera dio a conocer como topes para declarar el Impuesto a la Renta aquellos valores que dan cuenta de los ingresos, gastos de compras con tarjeta, consumos, consignaciones bancarias y, en general, el patrimonio bruto de las personas durante un año gravable, en este caso 2023.
Los topes están definidos por el Estatuto Tributario y por las Unidades de Valor Tributario (UVT), las cuales miden en pesos las diferentes obligaciones. Aquellos con ingresos brutos menores a 1.400 UVT no están obligados a declarar. Cada año este valor es modificado por el estado.
- Patrimonio bruto igual o superior a $211.792.500 millones de pesos al finalizar el año gravable 2024.
- La suma de todos los ingresos y que sean iguales o superiores a 65.891.000 millones de pesos comprobables al finalizar el año gravable 2024.
- Consumos con tarjetas de crédito iguales o superiores a 65.891.000 millones de pesos al finalizar el año gravable 2024.
- Consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras iguales o superiores a 65.891.000.
- Compras y consumos iguales o superiores a 65.891.000.
- Personas responsables del Impuesto a las Ventas (IVA).