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Conductores tendrán dolor de cabeza con pago de más a parte del impuesto vehicular: esta es la razón

Foto: Freepik

Este pago será obligatorio para miles de conductores.


Noticias RCN

mar 20 de 2026
03:14 p. m.

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Con el inicio del calendario tributario de 2026, miles de propietarios de vehículos en la capital colombiana han comenzado a consultar sus obligaciones fiscales. Sin embargo, una cifra ha generado sorpresa y confusión entre los contribuyentes: el pago obligatorio de $117.000 adicionales al valor neto del impuesto sobre vehículos automotores.

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Este rubro, que a menudo pasa desapercibido en la liquidación inicial, corresponde a los derechos de semaforización, un tributo distrital que deben cancelar todos los vehículos matriculados en Bogotá, independientemente de su valor comercial o modelo.

Razón por la que deberán realizar este pago adicional

A diferencia del impuesto vehicular, cuya tarifa se calcula sobre el avalúo comercial del automotor (fijado anualmente por el Ministerio de Transporte), el cobro por semaforización es una tasa fija. Según la normativa vigente, este valor equivale a dos salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV).

Con el ajuste del salario mínimo para el año 2026, la cifra exacta se ha situado en $116.726 (redondeada comercialmente a $117.000 en diversas plataformas de recaudo). Este dinero se destina exclusivamente al mantenimiento, modernización y operación de la red de semáforos de la ciudad, un sistema crítico para la gestión del tráfico en una de las urbes más congestionadas de la región.

El pago no discrimina por tipo de combustible o antigüedad. Deben cancelarlo:

  • Vehículos particulares: Automóviles, camionetas, camperos y vehículos de carga.
  • Motocicletas: A diferencia del impuesto vehicular (que solo aplica para motos de más de 125 c.c.), los derechos de semaforización deben ser pagados por todas las motocicletas matriculadas en el Distrito, sin importar su cilindraje.
  • Vehículos eléctricos e híbridos: Aunque gozan de descuentos significativos en el impuesto principal (hasta el 60% o más según la ley), no están exentos de la tasa de semaforización.
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¿Cuándo deberán realizar este pago?

La Secretaría Distrital de Hacienda ha recordado que este pago suele venir integrado en la factura del impuesto vehicular. No obstante, si un conductor decide liquidar su impuesto de manera manual a través de la Oficina Virtual, debe asegurarse de incluir este concepto para evitar que su obligación quede en estado de "mora parcial".

  • Hasta el 15 de mayo: Plazo para pagar con un 10% de descuento sobre el impuesto vehicular (la tasa de semaforización no tiene descuento).
  • Hasta el 24 de julio: Fecha límite para el pago sin sanciones.

El incumplimiento de estas fechas acarrea una sanción mínima de $262.000 (aproximadamente), lo que podría triplicar el costo inicial del trámite. Las autoridades recomiendan descargar la factura oficial directamente desde el portal de la Secretaría de Hacienda para evitar fraudes o errores en el cálculo de estos valores adicionales.

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