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Radical llamado a conductores que deben tramitar de nuevo su licencia de conducción: ley exige requisito

Foto: Freepik y edición

Estos son los requisitos que exigen para estar al día con su licencia de conducción.


Noticias RCN

jun 20 de 2025
05:24 p. m.

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Cientos de conductores en Colombia podrían verse obligados a tramitar nuevamente su licencia de conducción, no solo por la expiración regular de su documento, sino por una reinterpretación de la Ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito Terrestre, que exige la actualización del permiso ante cambios significativos en las condiciones físicas del titular.

Esta medida, que busca garantizar la seguridad vial y la idoneidad de los conductores, ha generado inquietud entre la ciudadanía y ha puesto en alerta a las autoridades de tránsito.

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Tradicionalmente, la renovación de la licencia de conducción se ha asociado principalmente con el vencimiento de su vigencia y la realización de exámenes médicos y psicotécnicos de rutina. Sin embargo, una lectura más estricta del artículo 16 de la mencionada ley, que establece los requisitos para obtener la licencia de conducción, así como lo dispuesto en otras normativas complementarias, indica que "la licencia de conducción será válida siempre y cuando su titular conserve las aptitudes físicas, mentales y de coordinación motriz requeridas para conducir".

Esto implica que cualquier alteración sustancial en estas aptitudes, debidamente comprobada, debería conducir a una reevaluación y, en caso de ser necesario, a un nuevo trámite de la licencia.

¿Qué cambios implican tramitar de nuevo su licencia de conducción?

Entre los "cambios físicos" a los que se refiere la normativa, y que podrían implicar la necesidad de una nueva licencia, se encuentran situaciones como la pérdida de una extremidad o de la visión en un ojo, el desarrollo de enfermedades degenerativas que afectan la movilidad o la capacidad de reacción, la implantación de prótesis que alteren significativamente el desempeño al volante, o incluso cirugías reconstructivas que modifiquen sustancialmente la apariencia o las capacidades funcionales.

La clave reside en si estos cambios afectan la "idoneidad" para operar un vehículo de manera segura.

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Aunque la ley ha existido por más de dos décadas, la aplicación de esta disposición específica no ha sido tan visible como otras. Sin embargo, fuentes cercanas al Ministerio de Transporte y a la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) han indicado a este medio que se está trabajando en campañas de sensibilización y en una mayor fiscalización de esta normativa.

El objetivo es prevenir accidentes causados por conductores cuyas capacidades físicas se han visto comprometidas sin que su licencia refleje las nuevas condiciones, y sin que hayan pasado por las evaluaciones pertinentes.

Para los conductores que se encuentren en esta situación, el proceso implicaría acudir a un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) autorizado para someterse a nuevos exámenes médicos y psicotécnicos. Estos exámenes determinarán si, a pesar de los cambios físicos, la persona aún cumple con los requisitos para conducir y si necesita alguna adaptación en su vehículo o restricciones en su licencia (por ejemplo, el uso obligatorio de gafas, vehículos con modificaciones especiales, etc.).

En caso de que las aptitudes no sean las adecuadas o se requieran modificaciones que no estaban previamente contempladas, se iniciaría un nuevo trámite de la licencia, que podría incluir incluso la necesidad de volver a realizar algunas pruebas teóricas o prácticas, dependiendo de la magnitud del cambio y la evaluación del CRC.

Se espera que en los próximos meses el Ministerio de Transporte y la ANSV emitan comunicados más detallados y guías claras para orientar a los ciudadanos sobre cómo proceder en estos casos.

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