Advertencia a conjuntos residenciales con el uso de dispositivo para el ingreso de residentes: ojo
La SIC dio a conocer la alerta por medio de un comunicado.
Noticias RCN
01:45 p. m.
Con el avance de la tecnología, ya son varios los conjuntos residenciales en el país que usan distintos dispositivos innovadores para permitir un ingreso más seguro de los residentes de este.
No obstante, el uso de alguno de ellos tienen que tener cierta rigurosidad. Recientemente, la SIC (Superintendencia de Industria y Comercio), a través de la Dirección de Habeas Data, dio la orden a un conjunto de implementar mecanismos de ingreso alternativos al reconocimiento facial y suprimir los datos biométricos de los residentes que así lo soliciten.
Lo anterior se debe a que un residente de este conjunto, denunciara que se utilizó el dispositivo de reconocimiento facial sin contar con la autorización de datos de los residentes.
Ante esto, la SIC advirtió que “los conjuntos residenciales son responsables del tratamiento de los datos personales que recolectan y deben cumplir con todos los deberes de la ley. La biometría involucra información sensible y, por tanto, exige mayores garantías de seguridad”.
¿Qué dice la ley en estos casos?
La alerta, que se hizo a este conjunto, cae en varios que, en caso de usar este dispositivo de ingreso, deberá cumplir con todos los compromisos que exige la ley colombiana.
“El reconocimiento facial no puede ser el único medio de acceso, ya que condicionar una actividad al suministro de datos sensibles resulta desproporcionado y vulnera derechos fundamentales como el habeas data, la intimidad y la libre circulación”, dice la SIC mediante el dpto. de habeas data.
La SIC también advirtió que el uso indebido o la filtración de datos biométricos puede tener consecuencias graves e irreversibles.
¿Qué dice la Ley 1581 de 2012?
La Ley 1581 de 2012 en Colombia, también conocida como la "Ley de Protección de Datos Personales", es un marco legal fundamental que busca proteger el derecho constitucional que tienen todas las personas a conocer, actualizar y rectificar la información que se haya recolectado sobre ellas en bases de datos o archivos, tanto en entidades públicas como privadas.
En esencia, la ley se centra en el derecho fundamental al Habeas Data, que le otorga a los ciudadanos el control sobre su propia información.