Conozca las ayudas pensionales para trabajadores independientes este 2021

Se trata de que puedan acceder al sistema de presunción y, de esta manera, la deducción mensual para pensiones se lleve a cabo por un porcentaje fijo.


Noticias RCN

ene 11 de 2021
04:54 p. m.

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El tema de las pensiones es clave en nuestro país, por lo que el Gobierno Nacional tiene habilitado desde enero y hasta junio de 2021, un programa de beneficios para los trabajadores independientes.

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La idea es cobijar con beneficios económicos a los trabajadores independientes en Colombia. “Van a poder hacer el aporte a salud, a pensiones y en algunos casos a riesgos laborales”, dijo Jorge Mario Campillo, director de la Unidad de Pensiones y Parafiscales (UGPP).

Se trata de que estos trabajadores puedan acceder al sistema de presunción y, de esta manera, la deducción mensual para pensiones se lleve a cabo por un porcentaje fijo, evitando así la llamada 'tramitología' donde cada mes se debe demostrar cuáles fueron sus ingresos; además, van a poder alcanzar algunos descuentos.

Estas normas permiten que trabajadores independientes a quienes la entidad les aplicó el esquema de presunción de costos, soliciten al Comité de Conciliación y Defensa Judicial de la Entidad la terminación por mutuo acuerdo del proceso administrativo de determinación de obligaciones antes del 30 de junio de 2021 y obtengan los siguientes beneficios:

  • Exoneración del 80% de las sanciones actualizadas
  • Exoneración del 80% de los intereses de mora del subsistema de salud, de los valores determinados en el acto administrativo que le aplicó el esquema de costos.

“Los independientes que realicen este tipo de actividades se van a ver beneficiados hasta con unos costos de un 75.9 %”, detalló Campillo.

Son 19 sectores de la economía cobijados, entre ellos el agropecuario, de carga y construcción.

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Aplicación del Esquema de Costos

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Se aplica cuando la UGPP verifica que el trabajador independiente:

  • No ha pagado el valor total mensual de aportes, incluido los intereses, para cada periodo determinado en el último acto administrativo notificado.
  • No ha demostrado los costos y deducciones asociados a su actividad económica.
  • Su proceso administrativo se encuentra en alguna de estas etapas:
  • Requerimiento para declarar y/o corregir
  • Liquidación oficial
  • Resolver recurso de reconsideración o revocatoria directa
  • Con fallo de recurso de reconsideración o revocatoria directa
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