Corte aclaró cuándo recibiría indemnización si se cambio de fondo de pensiones: esto debe saber
Esto es lo que debe demostrar para recibir la indemnización.
Noticias RCN
08:34 p. m.
Tomar la decisión de trasladarse de régimen o de administradora en el sistema pensional colombiano es un paso crucial que puede definir el monto de los ingresos durante la vejez. Ante las dudas frecuentes de los ciudadanos, la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia emitió precisiones clave sobre cuándo un pensionado puede reclamar una indemnización de perjuicios a los fondos privados de pensiones (AFP).
El debate llegó al alto tribunal luego de que varios pensionados argumentaran que, de haberse quedado en el régimen anterior (Prima Media en Colpensiones), el valor de su mesada pensional habría sido significativamente mayor.
Aunque en algunos casos los fondos privados incurrieron en fallas al no brindar la asesoría adecuada, inicialmente se negaban indemnizaciones bajo el argumento de que la simple diferencia matemática entre mesadas no constituía, por sí sola, un daño indemnizable. La Corte Suprema entró a definir las reglas de juego definitivas para estos casos.
Los tres requisitos obligatorios para exigir la indemnización
Para que un pensionado pueda solicitar y recibir una reparación económica por parte de una AFP, el alto tribunal determinó que se deben comprobar de manera concurrente tres elementos fundamentales:
- Conducta culposa de la AFP: Demostrar que el fondo de pensiones incumplió su deber legal y constitucional de suministrar información clara, transparente, oportuna y suficiente al momento del traslado.
- Daño reparable: Configurado en la afectación directa al derecho del afiliado a tomar una decisión informada y libre sobre su futuro pensional, frustrando una oportunidad real.
- Nexo de causalidad: Probar que la falta de información adecuada por parte de la administradora fue la causa directa de que el afiliado perdiera la oportunidad de obtener una pensión más favorable.
¿Cómo se calcula la indemnización y qué reglas fijó el tribunal?
La Corte precisó que la indemnización no surge automáticamente por la inconformidad del afiliado, sino que debe calcularse examinando las particularidades y el historial de cada caso.
Como parte de los fallos evaluados por el alto tribunal, se han fijado sumas específicas (que en casos analizados han superado los 66 millones de pesos), sobre las cuales se ordenó aplicar las siguientes reglas:
Los valores deben ajustarse y actualizarse mediante indexación hasta el momento efectivo del pago.
El tribunal aclaró tajantemente que a esta indemnización no se le debe descontar el aporte a salud, puesto que no se trata técnicamente de una mesada pensional ordinaria, sino de una indemnización de perjuicios civiles.