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Aclaran cuándo el tiempo de traslado sí cuenta como jornada laboral: téngalo en cuenta

Foto: Freepik

Este desplazamiento solo aplica para situaciones excepcionales. Conozca cuáles son.


Noticias RCN

oct 14 de 2025
08:05 a. m.

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Mientras que la regla general establece que el trayecto habitual de su lugar de residencia, al lugar de trabajo y viceversa no se considera parte de la jornada laboral remunerada, la legislación han marcado excepciones claras y cruciales que obligan a las empresas a reconocer y pagar este tiempo.

Este panorama es fundamental, especialmente, para empleados que deben movilizarse por órdenes directas de su empleador o aquellos cuya labor intrínsecamente requiere el movimiento constante.

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Por norma, el tiempo que un empleado tarda en trasladarse desde su residencia hasta su sitio de trabajo fijo no forma parte de la jornada laboral. Esta posición se sustenta en que la jornada comienza en el momento en que el trabajador inicia la prestación efectiva del servicio en el lugar acordado.

Casos excepcionales donde el desplazamiento sí cuenta como jornada laboral

La situación cambia drásticamente cuando el desplazamiento se produce por una orden directa del empleador y no corresponde al trayecto habitual.

El debate legal indica que, en estas circunstancias, el trabajador está a disposición de la empresa y ejecutando una actividad laboral: el desplazamiento mismo.

La excepción más común se presenta cuando el empleador ordena al trabajador desplazarse a un lugar distinto de la sede habitual, ya sea otra sucursal, las instalaciones de un cliente o un municipio diferente, para cumplir una tarea específica.

En estos casos, el tiempo invertido en el traslado desde el lugar de origen (domicilio o sede habitual) hasta el destino ocasional sí debe ser remunerado con el salario ordinario, aunque no siempre se compute como trabajo suplementario o extra, a menos que, a causa del viaje, la jornada diaria se extienda más allá de las horas pactadas.

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Por otro lado, para ciertas profesiones, el desplazamiento es una parte integral de la función. Este es el caso de técnicos de mantenimiento, comerciales, mensajeros o personal de atención a domicilio que carecen de un centro de trabajo fijo y deben viajar constantemente entre las ubicaciones de los clientes.

La jurisprudencia, incluyendo sentencias de altas cortes, ha sido consistente en considerar que el tiempo que estos trabajadores invierten en el trayecto desde su domicilio hasta el primer cliente, y entre clientes durante el día, debe ser computado como tiempo de trabajo efectivo.

La lógica es que, al no tener una oficina donde iniciar su jornada, el acto de desplazarse es indispensable para ejecutar su labor y, por lo tanto, el trabajador está a disposición del empleador.

Finalmente, cuando se trata de viajes de larga distancia o comisiones de servicio que implican pernoctar fuera del domicilio, una porción del tiempo de viaje también puede considerarse jornada laboral.

Si bien los viáticos están destinados a cubrir los gastos (alojamiento, alimentación), el tiempo invertido en el traslado fuera del horario habitual o que interrumpe el descanso del trabajador puede ser objeto de compensación. Aunque no siempre se causan horas extras, el tiempo en que el trabajador debe estar disponible y viajando por instrucción empresarial se compensa con el salario ordinario como disponibilidad laboral.

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