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Pagar empleada doméstica por días en 2026: Nuevas reglas, tarifas por hora y multas si incumple

Conozca las nuevas reglas para contratar empleadas domésticas por días en 2026. Evite sanciones y descubra cuánto debe pagar por hora y día legalmente.


Noticias RCN

jul 10 de 2026
02:40 p. m.

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El panorama legal para la contratación de trabajadores del hogar ha dado un giro importante. Si usted es de los que cuenta con el apoyo de una empleada doméstica por días o semanas, preste mucha atención: las reglas del juego cambiaron y calcular mal el pago por hora podría acarrearle severas sanciones económicas frente a las autoridades laborales.

Con la entrada en vigencia de las nuevas normativas de la jornada laboral y las actualizaciones de la Reforma Laboral, el pago del servicio doméstico ya no se puede pactar "a ojo".

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A partir de este año, todo empleador está obligado a calcular el salario diario incluyendo de manera proporcional todas las prestaciones de ley, garantizando la dignidad del trabajador y la seguridad jurídica del hogar.

¿Cuánto se debe pagar por hora y por día?

El cálculo del día de trabajo para una empleada doméstica en la modalidad de "por días" no se limita simplemente a dividir el salario mínimo mensual. Para cumplir estrictamente con la ley, el valor de la jornada debe integrar el salario base diario, el auxilio de transporte obligatorio y la proporción del descanso dominical.

Bajo el esquema legal vigente, el pago mínimo por un día de trabajo de 8 horas se sitúa entre los $73.393 y $76.394 pesos colombianos, dependiendo de las variables específicas de transporte. De este modo, el valor neto de la hora ordinaria base no debe ser inferior a los $9.200 o $9.500 pesos, antes de recargos.

Recuerde que si la jornada laboral se extiende más allá de las 7:00 p.m., el empleador debe asumir obligatoriamente los recargos nocturnos, los cuales incrementan significativamente el valor de la hora pactada.

Prestaciones obligatorias para una empleada doméstica

Un error común es pensar que al contratar por días se exime el pago de seguridad social. La legislación es tajante: toda empleada doméstica tiene derecho a estar afiliada al sistema de seguridad social.

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Si usted contrata a una persona por días, debe realizar los aportes proporcionales a:

  • Salud y Pensión: Cotización por semanas según los días laborados al mes.
  • Riesgos Laborales (ARL): Debe cubrirse desde el primer día, ya que el hogar se considera el lugar de trabajo y cualquier accidente es responsabilidad del empleador.
  • Caja de Compensación Familiar: Permite al trabajador acceder a subsidios y recreación.
  • Prestaciones sociales: Prima de servicios (se paga en junio y diciembre), cesantías e intereses de cesantías, calculadas proporcionalmente al tiempo de servicio.

El Ministerio del Trabajo ha intensificado las inspecciones y los canales de denuncia para los trabajadores del servicio doméstico. No contar con un contrato escrito (así sea por días), no pagar las tarifas mínimas establecidas o evadir la afiliación a la ARL puede derivar en demandas laborales cuyas indemnizaciones superan con creces los millones de pesos.

La recomendación para los hogares es formalizar la relación mediante contratos claros, llevar un registro firmado de los pagos diarios y hacer uso de las plataformas digitales autorizadas para la liquidación de la seguridad social por semanas. La ley cambió y la formalización ya no es opcional.

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