Hoy inicia la declaración de renta 2025: multas y sanciones por no presentarla
Desde este 12 de agosto, la DIAN inicia la declaración de renta 2025 con fuertes sanciones para quienes no cumplan a tiempo.
Noticias RCN
06:50 a. m.
Este martes 12 de agosto de 2025 comienza oficialmente el período para que las personas naturales en Colombia presenten su declaración de renta correspondiente al año gravable 2024.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) recibirá las declaraciones hasta el 24 de octubre, según el calendario que depende de los dos últimos dígitos del NIT o de la cédula. No cumplir con esta obligación puede generar multas millonarias, intereses y hasta embargos.
Sanciones y multas por no declarar renta a tiempo
La DIAN advierte que presentar la declaración fuera del plazo puede resultar muy costoso. Si hay impuesto a cargo, la sanción por extemporaneidad es del 5% del impuesto por cada mes o fracción de mes de retraso, con un tope del 100%.
En caso de no tener impuesto a pagar, la multa será del 0,5 % mensual sobre los ingresos brutos (máximo 5 %) o del 1 % mensual sobre el patrimonio líquido si no hay ingresos declarados.
En 2025, la sanción mínima está fijada en 10 UVT, es decir, cerca de $498.000, incluso si el contribuyente no tiene saldo a pagar. En situaciones más graves, como cuando no se presenta la declaración tras un requerimiento de la DIAN, las sanciones pueden llegar al 10 % mensual del impuesto o al 20 % de los ingresos brutos no reportados.
Además, se generan intereses moratorios calculados día a día sobre el impuesto pendiente, con la tasa de usura vigente menos dos puntos porcentuales. “El incumplimiento persistente puede derivar en procesos de cobro coactivo con embargos de bienes, cuentas y salarios”, recalca la entidad.
¿Quiénes deben declarar y en qué fecha?
Para este año, están obligadas a declarar las personas con ingresos brutos superiores a $65.894.000 o patrimonio bruto mayor a $211.792.500 en 2024.
También quienes realizaron compras, consumos o consignaciones por encima de los topes establecidos por la ley.
Hoy 12 de agosto deben declarar los contribuyentes cuyos NIT o cédula terminen en 01-02. El calendario continúa así:
- 13 de agosto: 03-04
- 14 de agosto: 05-06
- 15 de agosto: 07-08
- 19 de agosto: 09-10.
Y así va, sucesivamente, hasta el 24 de octubre.