CANAL RCN

Ya es oficial: DIAN confirmó fechas en las que debe declarar renta según los dos últimos dígitos de cédula

Foto: Diseñado por Magnific

La entidad dio a conocer las fechas en las que los colombianos deben cumplir con esta obligación.


Mateo Alfonso Rey

jun 30 de 2026
12:44 p. m.

Unirse al canal de Whatsapp de Noticias RCN

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) confirmó de manera oficial el cronograma tributario para que las personas naturales presenten su declaración de renta en 2026, correspondiente al año gravable 2025.

El proceso, que impactará a millones de ciudadanos en el país, iniciará el 12 de agosto y se extenderá hasta el 26 de octubre de 2026.

RELACIONADO

DIAN anuncia nueva subasta de carros y motos que van desde los dos millones de pesos

Como es habitual, la fecha límite de cada contribuyente se fijará según los dos últimos dígitos del NIT (que corresponden al número de cédula), sin tener en cuenta el dígito de verificación.

Fechas para declarar renta según sus últimos dos dígitos

Para evitar sanciones por extemporaneidad y congestiones en la plataforma Muisca, la DIAN recomienda consultar con tiempo el día exacto de su vencimiento.

Teniendo en cuenta lo hecho en años anteriores, las primeras cédulas en declarar son las terminadas 01-02. Luego avanzará de manera progresiva durante ese mes hasta llegar al 31 de agosto, fecha asignada para los contribuyentes cuyos últimos dígitos sean 25 y 26.

RELACIONADO

¿Tiene saldo a favor en la declaración de renta 2026? Paso a paso para solicitar la devolución de su dinero

Los días festivos y fines de semana no cuentan como días de vencimiento, razón por la cual se habilitan saltos de fechas en días específicos (como del 14 al 18 de agosto).

¿Quiénes deben declarar renta en 2026? Topes oficiales

Todas las personas naturales deben pagar o declarar este impuesto. Para la temporada 2026 (año gravable 2025), la obligación se activa si cumple con al menos uno de los siguientes topes económicos:

  • Patrimonio bruto: Que sea igual o superior a $224.095.500 al cierre del año 2025.
  • Ingresos totales: Que los ingresos anuales del año anterior sumen igual o más de $69.718.600 (un promedio aproximado de $5.8 millones mensuales).
  • Consumos con tarjeta de cédito: Que el valor acumulado supere los $69.718.600.
  • Compras y consumos totales: Que el valor total en compras sea igual o superior a $69.718.600.
  • Consignaciones o inversiones: Que el acumulado de consignaciones bancarias o depósitos financieros sea igual o mayor a $69.718.600.

La DIAN recordó que el calendario estipula la fecha límite máxima, pero el trámite puede realizarse de forma anticipada. Dejar pasar el día asignado acarrea una sanción mínima por extemporaneidad que se reajusta anualmente según el valor de la UVT vigente.

Unirse al canal de Whatsapp de Noticias RCN Síguenos en Google News

Otras noticias