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Inquilinos tienen importante descuento en su arriendo y pocos lo conocen: de esto se trata

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Estos son los casos puntuales en el que la ley de arrendamiento da el beneficio.


Noticias RCN

dic 02 de 2025
08:34 p. m.

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En un país donde el arrendamiento es una de las modalidades de vivienda más comunes, con millones de familias dependiendo de un contrato de alquiler, el conocimiento de los derechos y deberes de ambas partes se convierte en una herramienta fundamental de protección.

No obstante, una importante salvaguarda legal diseñada para proteger el patrimonio y la calidad de vida de los inquilinos suele pasar inadvertida, permitiendo en ocasiones que los arrendadores eludan responsabilidades cruciales.

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Se trata de una potestad establecida en la Ley 820 de 2003, también conocida como la Ley de Arrendamiento de Vivienda Urbana, la cual contempla un mecanismo que permite al arrendatario realizar una deducción directa al valor del canon mensual.

Contrario a lo que podría pensarse, este "descuento" no es una rebaja comercial o un beneficio por pronto pago, sino una compensación por los gastos incurridos por el inquilino en reparaciones urgentes que, por ley, correspondían al propietario del inmueble.

Beneficio que tendrán los inquilinos y que pocos lo saben

El núcleo de este derecho se encuentra consagrado en el Artículo 27 de la mencionada ley. Este apartado es explícito al señalar que, bajo condiciones específicas, “el arrendatario podrá descontar el costo de las reparaciones del valor de la renta.”

Esta disposición busca solucionar aquellos escenarios donde la habitabilidad y seguridad del inmueble se ven comprometidas por fallas estructurales o daños mayores, y el arrendador, a pesar de la notificación oportuna, omite su obligación de realizar las correcciones necesarias.

La legislación colombiana, que incluye tanto la Ley 820 como el Código Civil, diferencia claramente las obligaciones entre el arrendador y el arrendatario en materia de mantenimiento. Es responsabilidad del propietario mantener el inmueble en condiciones óptimas para el uso convenido, lo que incluye la gestión de las denominadas reparaciones indispensables no locativas.

Estas son aquellas que afectan la estructura, la estabilidad o los servicios esenciales, como graves problemas de tuberías, fallas eléctricas importantes, goteras severas o daños en los techos.

Así puede calcular el importante descuento

Para que el inquilino pueda ejercer este derecho, es indispensable seguir un procedimiento estricto y respetar un tope financiero establecido por la ley. En primer lugar, es crucial que el arrendatario notifique al propietario o a la inmobiliaria sobre la necesidad de la reparación. Si la falla es urgente y el arrendador no actúa con la debida diligencia en el tiempo estipulado, el inquilino queda habilitado para asumir el costo de las reparaciones y, posteriormente, descontarlas del arriendo.

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Sin embargo, el monto deducible tiene un límite preciso: “Tales descuentos en ningún caso podrán exceder el treinta por ciento (30%) del valor de la misma [la renta].”

Este porcentaje no solo asegura un equilibrio financiero en el contrato, sino que define cómo deben aplicarse los descuentos si el arreglo es costoso. Por ejemplo, si un inquilino paga un canon de $1.500.000, el máximo que podrá descontar en un solo mes es el 30%, es decir, $450.000.

Si una reparación indispensable costó $1.200.000, el inquilino descontará $450.000 el primer mes; $450.000 el segundo mes; y los $300.000 restantes ($1.200.000 - $900.000) en un tercer mes, hasta cubrir la totalidad del gasto.

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