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Dinero en efectivo que se puede transportar en Colombia para este año 2026: ley es clara

FOTO: Freepik

Conozca el valor máximo que puede transportar un ciudadano en el país.


Noticias RCN

feb 25 de 2026
08:19 a. m.

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En el inicio de 2026, una de las preguntas más recurrentes para viajeros, empresarios y ciudadanos en general es cuánto dinero en efectivo se puede transportar legalmente por el territorio colombiano sin enfrentar líos jurídicos.

Aunque Colombia ha avanzado significativamente en la digitalización de la economía, el uso del efectivo sigue siendo una realidad cotidiana, especialmente en zonas rurales y en sectores comerciales específicos.

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La legislación colombiana no establece un límite máximo de dinero en efectivo (en pesos colombianos) que una persona pueda transportar por tierra o en vuelos nacionales. En teoría, usted puede llevar cualquier suma consigo. Sin embargo, existe una advertencia importante de las autoridades: el origen lícito.

Dinero en efectivo que se puede transportar en Colombia para este año 2026

Si bien no hay un tope, la Policía Nacional y la DIAN tienen la potestad de realizar controles. Si un ciudadano transporta sumas considerables (generalmente superiores a los 10 o 15 millones de pesos) y no puede justificar su procedencia o destino mediante documentos (facturas, contratos de venta, retiros bancarios), el dinero puede ser retenido preventivamente bajo sospecha de lavado de activos o enriquecimiento ilícito.

En el ámbito internacional, la normativa es mucho más estricta y se mantiene alineada con los estándares globales de lucha contra la financiación del terrorismo.

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Usted puede ingresar o sacar del país hasta USD 10.000 (diez mil dólares estadounidenses) o su equivalente en otras monedas (incluido el peso colombiano) sin necesidad de realizar trámites adicionales.

Si la suma es superior a los USD 10.000, es obligatorio diligenciar el Formulario 530 de la DIAN. Declarar no es un delito ni genera impuestos inmediatos; es simplemente una medida de transparencia.

Para este año, con una Tasa Representativa del Mercado (TRM) que fluctúa, se estima que el tope para no declarar ronda los 39 a 42 millones de pesos colombianos, dependiendo del cambio del día.

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