Exparejas podrían reclamar hasta el 50% de la pensión tras divorcio: lo que debe saber
Un proyecto busca que se de una cuota de sostenimiento con cargo a la pensión de uno de los cónyuges después del divorcio.
Mateo Alfonso Rey
07:31 a. m.
Un proyecto de ley en trámite dentro del Congreso de la República de Colombia busca establecer una medida sin precedentes en materia de protección económica para los procesos de divorcio y disolución de uniones maritales de hecho.
La iniciativa contempla que, en determinados casos, el cónyuge declarado culpable en una separación judicial deba transferir una cuota de sostenimiento de hasta el 50 % de su mesada pensional a favor del cónyuge inocente.
Esta propuesta no implica una deducción automática ni masiva para todos los pensionados del país. Por el contrario, la asignación del porcentaje —que puede ser de hasta la mitad del ingreso mensual pensional— estará sujeta al criterio de un juez de la República, previo análisis de las pruebas aportadas durante el proceso judicial. La medida abarca las pensiones por vejez, invalidez y también las asignaciones de retiro de la Fuerza Pública.
¿Quiénes podrían acceder a este beneficio?
Para que un juez ordene el giro directo de una parte de la mesada pensional al excónyuge, la norma exige el cumplimiento estricto de un conjunto de condiciones económicas, sociales y familiares:
- Demostrar la calidad de cónyuge inocente: El solicitante no debe haber incurrido en ninguna de las causales de divorcio estipuladas en el artículo 154 del Código Civil.
- Dedicación exclusiva a las labores del hogar: La persona debe haber dedicado 20 años o más al trabajo doméstico no remunerado, las tareas del hogar o el cuidado de los hijos.
- Ausencia de pensión propia: Es necesario demostrar que no se lograron realizar aportes suficientes al sistema pensional para acceder a una pensión de vejez, invalidez o familiar.
- Vulnerabilidad económica: El solicitante no puede contar con otras rentas o ingresos superiores a un salario mínimo mensual legal vigente. Asimismo, si recibió gananciales en la liquidación conyugal, estos deben ser insuficientes pra garantizar ingresos por encima de la línea de pobreza.
- Afiliación en salud: El beneficiario debe figurar registrado como beneficiario del cónyuge culpable en el sistema de seguridad social en salud.
Un descuento directo sin costo para el Estado
Uno de los ejes conceptuales de la iniciativa radica en que no generará un costo adicional para las finanzas públicas. Los recursos no provienen de fondos estatales ni de nuevos subsidios, sino de la transferencia directa de la mesada que ya percibe la persona declarada responsable de la separación.
Una vez la sentencia quede firme, el juez competente enviará una orden directa a la entidad administradora del fondo de pensiones —ya sea del régimen público (Colpensiones), administradoras privadas (RAIS) o cajas de retiro militar— para que efectúe el descuento automático de manera mensual.
La cuota de sostenimiento se extingue si el cónyuge culpable fallece —al desaparecer el ingreso pensional del que depende el descuento— o si fallece el beneficiario, en cuyo caso la mesada regresa de forma íntegra a su titular y no se transmite ni se hereda.