¿Endeudado? Así puede pagar el impuesto predial o vehicular de años anteriores a 2023

Foto: archivo Noticias RCN

Para hacer trámites de años anteriores es necesario acudir a la Oficina Virtual. El enlace Descarga y Paga tu factura solo aplica para obligaciones de 2023.


Noticias RCN

mar 18 de 2023
05:57 p. m.

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Unas de las obligaciones tributarias de los colombianos son el impuesto vehicular y predial. De acuerdo con el calendario que dio a conocer la Secretaría de Hacienda para este 2023, hasta el 2 de junio vence el plazo para que los ciudadanos paguen el impuesto vehicular aprovechando el 10% de descuento en el valor, pero de no poder hacerlo hasta el 28 de julio es la última fecha establecida para evitar sanciones.

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En cuanto al impuesto predial, que se cancela por la propiedad inmueble y es generado por la existencia de dicha tierra. Los contribuyentes pueden cumplir con el pago a través de la página web de la Secretaría de Hacienda. Al ingresar deben indicar la información que solicita el sistema (tipo de impuesto, número de documento, CHIP del predio), luego seleccionar la opción buscar. El plazo para pagarlo a cuotas en las siguientes fechas:

  • 12 de mayo: con descuento del 10 % 
  • 14 de julio: sin descuento del 10 %

También es posible asumir dicha obligación por cuotas distribuidas así:  

  • Cuota 1: 9 de junio
  • Cuota 2: 4 de agosto
  • Cuota 3: 6 de octubre
  • Cuota 4: 1 de diciembre

Así puede pagar el impuesto predial o vehicular de años anteriores a 2023

Estos son los plazos establecidos para 2023, sin embargo, a muchos ciudadanos les ocurre que no cumplen con sus obligaciones y están atrasados con las de años anteriores. Para poder ponerse al día deben acudir a la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda, ingresando a la página web de la entidad o presionando el siguiente enlace.

Posteriormente, se debe ingresar con usuario y contraseña a la plataforma y presentar una declaración que coincida con el año al que corresponde la deuda. Para hacer el pago, el portal ofrece una forma electrónica en el botón de pago con débito, que permite hacerlo con cuenta de ahorro, corriente o tarjeta de crédito. Cabe mencionar que solo puede realizarse si la entidad bancaria tiene convenio con la secretaria de Hacienda.

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