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¿Quién puede embargar su cuenta de Nequi en 2026? Estas son las entidades autorizadas

Foto: Nequi y edición

¿Tiene una cuenta Nequi? Conozca qué jueces y entidades del Estado pueden ordenar un embargo en 2026 y cuándo aplica el límite de inembargabilidad.


Noticias RCN

jul 23 de 2026
08:08 a. m.

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Aunque muchos usuarios utilizan Nequi para recibir su salario, hacer pagos o guardar dinero, pocos saben que esta cuenta también puede ser embargada.

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Al funcionar como un depósito de bajo monto o una cuenta de ahorros, la plataforma está sujeta a las mismas normas que aplican para otras entidades financieras en Colombia.

Esto significa que, si existe una orden emitida por una autoridad competente, Nequi debe cumplirla. La aplicación aclara que no decide cuándo embargar una cuenta, sino que actúa en cumplimiento de la ley y de las instrucciones emitidas por jueces o entidades autorizadas.

¿Qué entidades pueden ordenar el embargo de una cuenta Nequi?

De acuerdo con la información oficial de Nequi, existen dos grandes grupos de autoridades que pueden ordenar un embargo.

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El primero corresponde a los jueces, quienes pueden emitir la orden dentro de un proceso judicial por deudas u otras obligaciones legales. Entre ellos se encuentran jueces civiles, penales, laborales, de familia, administrativos, municipales y promiscuos, además de tribunales, cortes y el Consejo de Estado.

El segundo grupo lo conforman las entidades del Estado, que tienen la facultad de iniciar procesos de cobro coactivo sin necesidad de acudir previamente a un juez. Allí están la DIAN, alcaldías, gobernaciones, secretarías de Hacienda, secretarías de Movilidad, organismos de tránsito, el SIMIT, el ICBF y el SENA, cuando la ley les otorga esa competencia.

Por ejemplo, una alcaldía puede ordenar el embargo por deudas del impuesto predial, mientras que una secretaría de Movilidad puede hacerlo por comparendos o multas de tránsito pendientes.

¿Qué pasa con el dinero y cuál es el límite de inembargabilidad?

Cuando una cuenta Nequi queda embargada, la autoridad ordena retener parte o la totalidad del dinero disponible. Mientras el proceso esté vigente, el usuario no podrá utilizar esos recursos hasta que se cumpla la obligación o llegue la orden de desembargo.

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Sin embargo, la ley contempla un límite de inembargabilidad, es decir, un monto mínimo protegido.

Si el embargo corresponde a un cobro coactivo de una entidad pública, en 2026 el límite es de $26.710.740, equivalente a 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Esta protección aplica únicamente sobre la cuenta más antigua del titular.

En cambio, cuando el embargo es ordenado por un juez, el monto protegido asciende a $55.099.308. Si la suma de los recursos en las cuentas bancarias supera ese valor, podrá retenerse el excedente, sin importar la antigüedad de la cuenta.

Por eso, Nequi recomienda mantener las obligaciones al día para evitar procesos que puedan afectar la disponibilidad del dinero almacenado en la aplicación.

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