Licencia de conducción: responden si es obligatorio llevarla en físico ante un agente de tránsito
El Ministerio de Transporte aclaró la duda a millones de conductores en caso de ser requerido por un agente de tránsito.
Noticias RCN
07:24 a. m.
La movilidad en Colombia ha experimentado cambios significativos en los últimos años, y uno de los más destacados ha sido la digitalización de muchos trámites y documentos.
Aunque la Corte Institucional asegura ninguna autoridad podrá retenerle ningún documento a los ciudadanos, también advierte que un agente de policía le exija identificarse.
El alto tribunal estipuló que una persona puede identificarse mediante la exhibición de sus documentos, pero definió "queda prohibido retenerlos para ingresar a cualquier dependencia pública o privada".
Licencia de conducción no debe ser física
A partir de la circular número 20221010000601, emitida el 3 de enero de 2022, se estableció que los conductores ya no están obligados a portar físicamente la licencia de conducción ni la licencia de tránsito del vehículo. Esta medida busca facilitar la vida de los ciudadanos y reducir el papeleo.
Esta nueva reglamentación implica que, en caso de ser requerido por un agente de tránsito, los conductores pueden presentar su licencia de conducción a través de un dispositivo móvil. Es decir, basta con mostrar la aplicación móvil correspondiente o una impresión del documento para acreditar la posesión de la misma.
Sin embargo, es importante aclarar que la eliminación de la obligatoriedad de portar la licencia física no exime a los conductores de contar con ella. La licencia sigue siendo un documento indispensable para conducir y debe estar vigente.
¿Cuáles son las sanciones por no portar la licencia de conducción?
Las multas por no portar la licencia de conducción o por presentar una licencia vencida o falsa pueden variar dependiendo de la gravedad de la infracción.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que estas sanciones pueden ser significativas y generar inconvenientes adicionales.