Estas son las medidas que regirán en el tercer Día sin IVA este mes

El Ministerio de Comercio y el Ministerio de Salud revelaron las disposiciones para la comercialización de productos de manera segura y sin aglomeraciones.


Noticias RCN

nov 10 de 2020
03:32 p. m.

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El Gobierno Nacional dio a conocer una circular con las medidas de orden público que regirán en el tercerDía sin IVA en el país para el próximo sábado 21 de noviembre.

La primera de ellas es que las ventas, tanto de celulares como de electrodomésticos y computadores, estarán suspendidas de forma presencial en los establecimientos considerados como grandes superficies.

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Por otra parte, si en el Día sin IVA cualquier persona compra por internet, podrá programar el retiro de los productos en las tiendas dentro de las dos semanas siguientes de haber realizado la compra.

Con el objetivo de evitar las aglomeraciones y congestiones en las plataformas virtuales, se permitirá la operación de los establecimientos comerciales las 24 horas del día. Asimismo, todos los establecimientos abiertos al público tienen que cumplir de forma estricta los protocolos de bioseguridad.

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Es importante resaltar que si en muchos municipios o departamentos se empiezan a presentar contagios altos por covid-19, podría haber restricciones más duras, incluso sanciones por incumplimiento de medidas sanitarias.

Finalmente, las autoridades tendrán la obligación de tomar medidas extraordinarias para contener el virus y evitar que se produzcan aglomeraciones en establecimientos de comercio y grandes superficies. Evitar los contagios debe ser la prioridad para las compras de este fin de año.

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Los productos que podrá adquirir

  • Vestuario y sus complementos como bolsos, morrales, maletines, gafas de sol, paraguas o pañoletas y toda prenda de vestir o calzado sin importar el material de elaboración y cuyo costo sea inferior a 712.140 pesos.
  • Electrodomésticos como televisores, parlantes, refrigeradores, aspiradoras, calentadores de agua, planchas, ventiladores, hornos microondas, computadores, celulares y tabletas cuyo costo no sea mayor 2.848.560 pesos.
  • Elementos deportivos como balones, raquetas, botes, gafas de natación, cascos, bicicletas mecánicas y eléctricas, siempre y cuando el costo sea igual o inferior a 2.848.560 pesos.
  • Juguetes y juegos como muñecos de peluche y de plástico, animales de juguete, naipes, juegos electrónicos, videojuegos, rompecabezas, patinetas mecánicas y eléctricas. el costo no puede ser mayor a 356.070 pesos.
  • Útiles escolares como cuadernos, software educativos, lápices, esferos, pegantes y tijeras, entre otros. costos iguales o inferiores a 178.035 pesos.
  • Bienes e insumos del sector agropecuario como semillas y frutos para siembra, abonos, químicos, insecticidas, aspersores, concentrados y medicamentos para animales, alambres de púas y cercas cuyo costo no supere los 2.848.560 pesos.

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